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**NOTA !!!! : Para las personas q me han preguntado o han escuchado otras cosas que pueda que no del todo sean ciertas, debo aclarar: Asi es, fui expulsado de la UJMD. Por los videos que subí en cierta ocasión, lo cual me parece una clara falta de respeto con los catedráticos a pesar de no haber sido de mala intención, yo admiraba y aún admiro a... de hecho todos los catedráticos con los que tuve clase alguna vez; lo injusto me parece la medida tomada, puesto que igual o mas gravoso es el daño cuando se habla por ejemplo, de que un prof. se acostó con una alumna para pasar la materia, lo cual lo escuché reiteradas veces a lo largo de mi "corta" estadía en la UJMD. Exagerada la medida de no aceptarme el reingreso, pero la acepto y no me quedo con malos resentimientos con nadie. La verdad es que en lo que respecta a mi inteligencia emocional debo trabajar mucho, y por eso no había podido entablar una relación madura con la gente, en este proceso he dañado a varios de mis compañeros con mis pretenciones y orgullos... entre otras cosas, pero en realidad no era mi intención... era mi impotencia y mi miedo a ser aceptado y reconocido por mis pares, parecía una fuerza para alejarlos pero mi propòsito era lo contrario, pero al final he salido perdiendo. Gracias a esta experiencia, no he perdido nada, más he ganado una enseñanza. A todos, en serio, los llevo en mi corazón tanto compañeros como catedráticos, espero sigan persistentes en todo, de ustedes he aprendido en 3 años lo que difícilmente aprendí en toda mi vida. Mi blog lo cerré por que ya no quería lidiar con toda la información que había expuesto, nadie me pidió, mucho menos ordenó que lo cerrara, más fue las circunstancias las q me obligaron a hacerlo, por que al final me di cuenta cuanta información había de mi persona que me pone en peligro, y compromete a mi familia... y al fin y al cabo ya ahora me doy cuenta que en realidad a nadie le interesa mis vivencias triviales cotidianas.... lol? Asi q pues, un saludo a la capital del derecho !!! yo, por mi parte gracias a esto encontré mi verdadera vocación, :D Caminante no hay camino, se hace camino al andar.... Dejare abierto al publico mi blog, ya que es mi motivación y orgullo, solo que no tendrá mas updates por lo antes mencionado. A continuación de esta etapa, viene un nuevo blog por supuesto, esten pendientes para el lanzamiento del nuevo blog que haré, el anuncio oficial lo haré desde aca. Suerte a todos, y disfruten de lo que puedan hacer uso de este blog, tanto las clases como las entradas antiguas.

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(DPC-1) I.07- De los Escribanos y Secretarios de Actuación

20 agosto, 2007

Seguimos en este cuarto siglo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esto será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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26/07/07 De los Escribanos y Secretarios de Actuación (Grupo 1-2)
Dr. Gerardo Garay
1 Parcial, clase 07

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De los Escribanos y Secretarios de Actuación
-Clase-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
I.1.02. Clase + Base Legal

De los Escribanos y Secretarios de Actuación

Art. 81.- Todos los Jueces actuarán con un Secretario[R1] que sea vecino de la República, de veintiún años cumplidos, de notoria buena conducta y que sepa leer, escribir que tenga instrucción en la práctica judicial y esté en ejercicio de la ciudadanía. Los Secretarios del Juzgado General de Hacienda y de Primera Instancia de la capital deberán ser bachilleres en jurisprudencia o estudiantes de derecho, y sólo en caso que no los hubiere podrá nombrarse otras personas hábiles para dichos empleos.

Lo actuado sin la concurrencia del Secretario es nulo[R2] , salvo lo dispuesto en el artículo 1115. (84, 1155, 11, 1119 Pr.)

Art. 1155.- Son recusables sin expresión de causa los funcionarios judiciales que no ejercen jurisdicción, como los Secretarios, etc. La recusación se hace a dichos funcionarios en la notificación de alguna providencia cualquiera que sea el estado de la causa, y el Juez de esta tendrá por removidos de la intervención en ella a los funcionarios recusados, desde el acto de la recusación. Si el Secretario fuere el recusado, el Juez actuará con un Secretario interino que nombrará al efecto. Sólo podrá recusarse sin causa un Secretario. Si aún se recusasen más, se procederá conforme a los artículos 1165 y 1172, incisos 2° y 3°.

Art. 11.- Las personas que intervienen esencialmente en un juicio, son: el actor y el reo, el Juez y su Secretario. Los que intervienen secundariamente, son: el abogado, el asesor y el procurador.

Art. 1119.- Toda sentencia, decreto o diligencia judicial que no esté autorizada en la forma legal es nula.

Art. 1115.- Ningún trámite o acto de procedimiento será declarado nulo si la nulidad no está expresamente determinada por la ley. Y aun en este caso no se declarará la nulidad si apareciere que la infracción de que se trata no ha producido ni puede producir perjuicios al derecho o defensa de la parte que la alega o en cuyo favor se ha establecido.

Art. 82.- Los Jueces de Paz y de Primera Instancia harán libremente el nombramiento de Secretario en persona que reúna las cualidades requeridas en el artículo anterior, dando cuenta dentro de veinticuatro horas, los primeros al Juez de Primera Instancia respectivo, y los segundos al Tribunal Supremo de Justicia, quienes aprobarán o no el nombramiento.

Los Secretarios pueden ser removidos a voluntad del Juez que los nombró.

El Juez que no diere cuenta del nombramiento que hubiere hecho, dentro del término del inciso 1°, incurrirá en la multa de cinco colones.

En las faltas o impedimentos temporales del Secretario, podrá el Juez nombrar un Secretario interino, dando cuenta de su nombramiento.

Art. 83.- Son deberes de los secretarios:

1° Recibir los escritos que presenten las partes, anotando al margen el día y hora de su presentación y autorizando esta razón con su firma[R3] .

Al recibirlos preguntarán a la parte si están firmados por ella o a su ruego por otra persona[R4] , anotando también esta circunstancia. *

[R5] Practicar dentro de veinticuatro horas los emplazamientos[R6] , citaciones[R7] y notificaciones[R8] que se ofrezcan dentro y fuera de oficina; salvo que se practiquen por copia, esquela o edicto, que entonces se harán dentro de cuarenta y ocho horas;

3° Guardar secreto en las materias que lo exijan;

4° Cuidar de los archivos que están a su cargo, que los expedientes tengan sus carátulas, que estén cosidos y foliados [R9] por su orden y con el aseo debido, sin perjuicio de la responsabilidad que cabe al Juez. (1277, 1249 inc. 1, 1271, 1238 inc. 2°, 1252, 1250, 1247, 209, 204-207, 1280 Pr.; 295 Pn.; 52 L.I.; 54 L. de Not.; 7 Ley de Céd. Ident. Pers.)

  • Se presenta el carné de abogados para anotarlos, se puede identificar de igual manera con el DUI, se debe especificar si firmamos por nosotros o a representación de otro.

Art. 1249.- Al presentarse todo escrito o petición deberá poner el Juez o Secretario al margen de él y a presencia del interesado, el día y hora en que se presente; y si no se hiciere así, la parte tiene derecho para reclamar su cumplimiento.

Art. 1271.- Si se presentare una petición o escrito no extendido en el papel correspondiente, se proveerá que venga en forma, y se devolverá.


[R1]11, 1155

[R2]1119

[R3]1249, 1271, 1252

[R4]1250

[R5]1277

[R6]205 207

[R7]204; 52 L.I.

[R8]206

[R9]1280


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De los Escribanos y Secretarios de Actuación
-Cuestionario-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
II.1.02. Cuestionario (¿?)

Haz click en el siguiente enlace para someterte a un cuestionario de opción múltiple sobre el tema:

07-De los Escribanos y Secretarios de Actuación


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De los Escribanos y Secretarios de Actuación
-Audio-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
IV.1.02. Audio d[-_-]b

Ps, todavía no me han arreglado el grabador de voz =(.... pero en compensación les pondré la frase del Dr. Gerardo Garay: "Un estudiante de derecho sin código es como un..."


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