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**NOTA !!!! : Para las personas q me han preguntado o han escuchado otras cosas que pueda que no del todo sean ciertas, debo aclarar: Asi es, fui expulsado de la UJMD. Por los videos que subí en cierta ocasión, lo cual me parece una clara falta de respeto con los catedráticos a pesar de no haber sido de mala intención, yo admiraba y aún admiro a... de hecho todos los catedráticos con los que tuve clase alguna vez; lo injusto me parece la medida tomada, puesto que igual o mas gravoso es el daño cuando se habla por ejemplo, de que un prof. se acostó con una alumna para pasar la materia, lo cual lo escuché reiteradas veces a lo largo de mi "corta" estadía en la UJMD. Exagerada la medida de no aceptarme el reingreso, pero la acepto y no me quedo con malos resentimientos con nadie. La verdad es que en lo que respecta a mi inteligencia emocional debo trabajar mucho, y por eso no había podido entablar una relación madura con la gente, en este proceso he dañado a varios de mis compañeros con mis pretenciones y orgullos... entre otras cosas, pero en realidad no era mi intención... era mi impotencia y mi miedo a ser aceptado y reconocido por mis pares, parecía una fuerza para alejarlos pero mi propòsito era lo contrario, pero al final he salido perdiendo. Gracias a esta experiencia, no he perdido nada, más he ganado una enseñanza. A todos, en serio, los llevo en mi corazón tanto compañeros como catedráticos, espero sigan persistentes en todo, de ustedes he aprendido en 3 años lo que difícilmente aprendí en toda mi vida. Mi blog lo cerré por que ya no quería lidiar con toda la información que había expuesto, nadie me pidió, mucho menos ordenó que lo cerrara, más fue las circunstancias las q me obligaron a hacerlo, por que al final me di cuenta cuanta información había de mi persona que me pone en peligro, y compromete a mi familia... y al fin y al cabo ya ahora me doy cuenta que en realidad a nadie le interesa mis vivencias triviales cotidianas.... lol? Asi q pues, un saludo a la capital del derecho !!! yo, por mi parte gracias a esto encontré mi verdadera vocación, :D Caminante no hay camino, se hace camino al andar.... Dejare abierto al publico mi blog, ya que es mi motivación y orgullo, solo que no tendrá mas updates por lo antes mencionado. A continuación de esta etapa, viene un nuevo blog por supuesto, esten pendientes para el lanzamiento del nuevo blog que haré, el anuncio oficial lo haré desde aca. Suerte a todos, y disfruten de lo que puedan hacer uso de este blog, tanto las clases como las entradas antiguas.

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(DPE-2) II.03.- De los Delitos Relativos a la Libertad Individual

05 octubre, 2007

Seguimos en este cuarto siglo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esto será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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28/09/07 De los Delitos Relativos a la Libertad Individual (Grupo 1-4)
Lic. Karina Martínez
2 Parcial, clase 03

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De los Delitos Relativos a la Libertad Individual
-Clase-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
I.1.02. Clase + Base Legal

De los Delitos relativos a la Libertad Individual

Divulgación de la Imagen o Revelación de Datos de personas Protegidas

Art. 147-F.- El que divulgare la imagen o revelare datos que permitan identificar a una persona beneficiaria del programa de Protección de Víctimas y Testigos será sancionado con prisión de cuatro a ocho años. (delito de peligro)

La pena se agravará hasta en una tercera parte del máximo si ocurrieren lesiones o la muerte de la persona protegida o el hecho hubiere sido cometido por un funcionario o empleado público, autoridad pública o agente de autoridad. (delito de resultado)

Régimen de protección de víctimas y testigos, existe este programa en toda la unidad técnica en cooperación con el ministerio de gobernación, los tribunales y la Fiscalía, que se eviten conocer estas personas. Solamente el fiscal y las partes del juicio conocen sobre la identidad de estas personas. La mera revelación es constitutivo de delito. Se relaciona con la política criminal del Estado. Es especial con respecto al sujeto pasivo en el cual recae, y en el sujeto activo en el tipo agravado.

Privación de Libertad

Art. 148.- El que privare a otro de su libertad individual, será sancionado con prisión de tres a seis años. (figura base de los delitos que atentan contra la libertad individual)

Delito de consumación instantánea, al dejarse sin libertad se crea el delito. Puede darse algún concurso de delitos en el caso del allanamiento de morada.

La privación de libertad momentánea para la obtención del vehículo es un elemento que está configurado dentro de la conducta el robo, y es agravado por el objeto por ser vehículos de automotor.

Secuestro

Art. 149.- El que privare a otro de su libertad individual con el propósito de obtener un rescate, el cumplimiento de determinada condición, o para que la autoridad pública realizare o dejare de realizar un determinado acto, será sancionado con pena de treinta a cuarenta y cinco años de prisión, en ningún caso podrá otorgarse al condenado el beneficio de libertad condicional o libertad condicional anticipada.

La conducta base de la conducta del secuestro. La conducta de privación de libertad con algunas características especiales, una privación de libertad efectiva el cual se hace con un propósito o finalidad determinada, que puede ser:

- El propósito de obtener un rescate

- El cumplimiento de determinada condición

- Para que la autoridad pública realizare o dejare realizar un determinado acto.



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De los Delitos Relativos a la Libertad Individual
-Cuestionario-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
II.1.02. Cuestionario (¿?)

Haz click en el siguiente enlace para someterte a un quiz de elección múltiple sobre el tema:
(Cuando les pidan su correo electrónico verán que no podrán escribir la arroba, asi que ocupen copy & paste para poder colocar su e-mail en el campo solicitado [ctrl+C y ctrl+V] los resultados se enviarán al correo que hayan colocado)








03-De los Delitos Relativos a la Libertad Individual







Crees ser capaz de dominar este tema?
Yes!
No
Let's Find Out!






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De los Delitos Relativos a la Libertad Individual
-Audio-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
IV.1.02. Audio d[-_-]b

Esta es la primera parte de la explicación del tema:


03-De los Delitos Relativos a la Libertad Individual.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 30 min
Duración original: 1h 28 min
Calidad: Excelente
Tema: De los Delitos Relativos a la Libertad Individual
Tamaño: 27.47 MB
Feat: Lic. Karina Martínez

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