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**NOTA !!!! : Para las personas q me han preguntado o han escuchado otras cosas que pueda que no del todo sean ciertas, debo aclarar: Asi es, fui expulsado de la UJMD. Por los videos que subí en cierta ocasión, lo cual me parece una clara falta de respeto con los catedráticos a pesar de no haber sido de mala intención, yo admiraba y aún admiro a... de hecho todos los catedráticos con los que tuve clase alguna vez; lo injusto me parece la medida tomada, puesto que igual o mas gravoso es el daño cuando se habla por ejemplo, de que un prof. se acostó con una alumna para pasar la materia, lo cual lo escuché reiteradas veces a lo largo de mi "corta" estadía en la UJMD. Exagerada la medida de no aceptarme el reingreso, pero la acepto y no me quedo con malos resentimientos con nadie. La verdad es que en lo que respecta a mi inteligencia emocional debo trabajar mucho, y por eso no había podido entablar una relación madura con la gente, en este proceso he dañado a varios de mis compañeros con mis pretenciones y orgullos... entre otras cosas, pero en realidad no era mi intención... era mi impotencia y mi miedo a ser aceptado y reconocido por mis pares, parecía una fuerza para alejarlos pero mi propòsito era lo contrario, pero al final he salido perdiendo. Gracias a esta experiencia, no he perdido nada, más he ganado una enseñanza. A todos, en serio, los llevo en mi corazón tanto compañeros como catedráticos, espero sigan persistentes en todo, de ustedes he aprendido en 3 años lo que difícilmente aprendí en toda mi vida. Mi blog lo cerré por que ya no quería lidiar con toda la información que había expuesto, nadie me pidió, mucho menos ordenó que lo cerrara, más fue las circunstancias las q me obligaron a hacerlo, por que al final me di cuenta cuanta información había de mi persona que me pone en peligro, y compromete a mi familia... y al fin y al cabo ya ahora me doy cuenta que en realidad a nadie le interesa mis vivencias triviales cotidianas.... lol? Asi q pues, un saludo a la capital del derecho !!! yo, por mi parte gracias a esto encontré mi verdadera vocación, :D Caminante no hay camino, se hace camino al andar.... Dejare abierto al publico mi blog, ya que es mi motivación y orgullo, solo que no tendrá mas updates por lo antes mencionado. A continuación de esta etapa, viene un nuevo blog por supuesto, esten pendientes para el lanzamiento del nuevo blog que haré, el anuncio oficial lo haré desde aca. Suerte a todos, y disfruten de lo que puedan hacer uso de este blog, tanto las clases como las entradas antiguas.

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04 (DCI-1) El Domicilio

19 mayo, 2007

Empezaré a postear lo que serían la mitad de las clases y de las preguntas de los cuestionarios que elaboro para estudiar en las materias que llevo de Ciencias Jurídicas, para que les sirva de utilidad a mis compañeros de aula ya sea para complementar sus apuntes o para quienes hayan faltado los días antes previstos, por supuesto la clase y lo que falta del cuestionario no lo publicaré puesto que sería entregar mi esfuerzo completo... pero seré condescendiente con las personas que sean mis allegadas o que sean constantes seguidores de lo que se postea en el blog "Juris & Tales" y que me lo pidan expresamente por correo, gracias como 100pre por hacer de este su blog, su segunda casa =D.


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14/05/07 El Domicilio (Grupo 1-2)
Ernesto Vidal
3 Parcial, clase 0

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El Domicilio
-Clase-
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El Domicilio

Art. 65 = Art. 37 Procesal Penal

Art. 66 = Art. 36, 141 Procesal Penal

Art. 70 = Art. 206, 272 Código de Familia

- El domicilio es el asiento jurídico de una persona, o sea, la relación permanente que la ley establece entre una persona y un lugar determinado en que se le supone siempre presente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

- Según esto, el domicilio es una abstracción puramente intelectual, independiente del lugar mismo a que se refiera.

- En una acepción usual y más general, se designa con la palabra domicilio, el lugar mismo en que una persona ha establecido el asiento de sus negocios; y en un sentido más restringido, se suele designar con el nombre de domicilio, la casa o morada de la persona, pero la primera de éstas dos acepciones corresponde a la residencia, es decir, el asiento real o de hecho de una persona; y la segunda, se refiere a la habitación o asiento accidental de la persona, que existe en todas las localidades donde ella se detiene aunque sea momentáneamente.

- Según el Art. 57 del Código Civil, dos son los elementos constitutivos del Domicilio:

  1. La residencia en una parte determinada del Estado.
  2. El ánimo de permanecer en esa residencia, a la cual puede continuar acompañando real o presuntivamente.

- La residencia actual más o menos larga no basta para constituir por si sola el Domicilio, porque la persona puede conservar el ánimo de volver a la residencia anterior.

- Del mismo modo, el ánimo solo, no bastaría para constituir el Domicilio, sin otra residencia distinta, de la residencia que siempre ha tenido la persona, bien que basta para conservarla. El ánimo es en consecuencia, el principal de los dos elementos que constituyen el Domicilio.

(...)

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El Domicilio
-Cuestionario-
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1. ¿Qué es el Domicilio?
R/ El Domicilio es el asiento jurídico de una persona, o sea, la relación permanente que la ley establece entre un lugar determinado en que se le supone siempre presente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

2. ¿Qué es el Domicilio en una acepción usual y más general?
R/ En una acepción usual y más general, se designa con la palabra Domicilio, el lugar mismo en que una persona ha establecido el asiento de sus negocios. Corresponde a la residencia, es decir, el asiento real o de hecho de una persona.

3. ¿Qué es el Domicilio en un sentido más restringido?
R/ En un sentido más restringido, se suele designar con el nombre de Domicilio, la casa o morada de la persona, se refiere a la habitación o asiento accidental de la persona, que existe en todas las localidades donde ella se detiene aunque sea momentáneamente.

4. ¿Cuáles son los elementos constitutivos del Domicilio?
R/ Según el Art. 57 del Código Civil, dos son los elementos constitutivos del Domicilio: La residencia en una parte determinada del Estado y el ánimo de permanecer en esa residencia, a la cual puede continuar acompañando real o presuntivamente.

5. ¿Cómo será el ánimo real de permanecer en la residencia?
R/ Lo acompañará realmente cuando la intención de conservar una residencia, coincide con la misma residencia.

6. ¿Cómo será el ánimo presuntivo de permanecer en la residencia?
R/ Lo acompañará presuntivamente cuando la persona manifieste la intención de volver a una residencia que ha dejado momentáneamente, o por un tiempo mas o menos largo.

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El Domicilio
-Audio-
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Esta es la primera parte de la explicación del tema:


04-El Domicilio.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 20 min
Duración original: 1h 20 min
Calidad: Excelente
Tema: El Domicilio
Feat: Ernesto Vidal

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