J&T BlogSpot

**NOTA !!!! : Para las personas q me han preguntado o han escuchado otras cosas que pueda que no del todo sean ciertas, debo aclarar: Asi es, fui expulsado de la UJMD. Por los videos que subí en cierta ocasión, lo cual me parece una clara falta de respeto con los catedráticos a pesar de no haber sido de mala intención, yo admiraba y aún admiro a... de hecho todos los catedráticos con los que tuve clase alguna vez; lo injusto me parece la medida tomada, puesto que igual o mas gravoso es el daño cuando se habla por ejemplo, de que un prof. se acostó con una alumna para pasar la materia, lo cual lo escuché reiteradas veces a lo largo de mi "corta" estadía en la UJMD. Exagerada la medida de no aceptarme el reingreso, pero la acepto y no me quedo con malos resentimientos con nadie. La verdad es que en lo que respecta a mi inteligencia emocional debo trabajar mucho, y por eso no había podido entablar una relación madura con la gente, en este proceso he dañado a varios de mis compañeros con mis pretenciones y orgullos... entre otras cosas, pero en realidad no era mi intención... era mi impotencia y mi miedo a ser aceptado y reconocido por mis pares, parecía una fuerza para alejarlos pero mi propòsito era lo contrario, pero al final he salido perdiendo. Gracias a esta experiencia, no he perdido nada, más he ganado una enseñanza. A todos, en serio, los llevo en mi corazón tanto compañeros como catedráticos, espero sigan persistentes en todo, de ustedes he aprendido en 3 años lo que difícilmente aprendí en toda mi vida. Mi blog lo cerré por que ya no quería lidiar con toda la información que había expuesto, nadie me pidió, mucho menos ordenó que lo cerrara, más fue las circunstancias las q me obligaron a hacerlo, por que al final me di cuenta cuanta información había de mi persona que me pone en peligro, y compromete a mi familia... y al fin y al cabo ya ahora me doy cuenta que en realidad a nadie le interesa mis vivencias triviales cotidianas.... lol? Asi q pues, un saludo a la capital del derecho !!! yo, por mi parte gracias a esto encontré mi verdadera vocación, :D Caminante no hay camino, se hace camino al andar.... Dejare abierto al publico mi blog, ya que es mi motivación y orgullo, solo que no tendrá mas updates por lo antes mencionado. A continuación de esta etapa, viene un nuevo blog por supuesto, esten pendientes para el lanzamiento del nuevo blog que haré, el anuncio oficial lo haré desde aca. Suerte a todos, y disfruten de lo que puedan hacer uso de este blog, tanto las clases como las entradas antiguas.

J&T BlogSpot

U still don't know about j&t ? click play:

01 (ECO-0) Elementos interactuales en Economía

04 mayo, 2007

Empezaré a postear lo que serían la mitad de las clases y de las preguntas de los cuestionarios que elaboro para estudiar en las materias que llevo de Ciencias Jurídicas, para que les sirva de utilidad a mis compañeros de aula ya sea para complementar sus apuntes o para quienes hayan faltado los días antes previstos, por supuesto la clase y lo que falta del cuestionario no lo publicaré puesto que sería entregar mi esfuerzo completo... pero seré condescendiente con las personas que sean mis allegadas o que sean constantes seguidores de lo que se postea en el blog "Juris & Tales" y que me lo pidan expresamente por correo, gracias como 100pre por hacer de este su blog, su segunda casa =D.

__________________________________
_______________________________
03/05/07 Elementos Interactuales en Economía (Grupo 1-3)
Raquel Montalvo
3 Parcial, clase 01
-
Elementos interactuales en Economía
-Clase-
-
  • Recursos económicos
  • Recursos humanos
  • Recursos materiales
  • Interacción de los recursos en la economía
  • Casos de aplicación

    1. Introducción

    Cómo interactúan en la economía los factores de producción.

Esta interacción y composición de los factores de producción, va a ser diferente por que está en función de lo siguiente:
- Giro de la actividad económica
- Naturaleza del proceso productivo (grado de desarrollo)Intensidad en bienes de capital / intensidad en mano de obra (inversión en los bienes de capital – inversión en la mano de obra)


- 2. Recursos Económicos

Definición: Recurso monetario necesario para llevar a cabo la inversión en bienes de capital, también para poder cubrir gastos de funcionamiento o capital de trabajo de la entidad productiva.

- Bienes de capital: Todo lo que hace posible la producción, conjunto de los medios de producción. Mobiliario, equipo, Instalaciones, vehículos de reparto. (Larga duración de elevada inversión que generan riquezas).


- Gastos de funcionamiento o capital de trabajo: Salario, electricidad, agua, teléfono, gastos de papelería, alquiler de local. (De corta duración, se consumen de inmediato se les ve como gasto).

(...)

-

Elementos interactuales en Economía
-Cuestionario-

-

1. ¿Cuáles son los objetivos que debe cumplir el resultado de bienes y servicios de la actividad productiva?
R/ Satisfacer necesidades, Enfoque sustentable y Éxito organizacional.

2. ¿En función de qué estará dispuesta la composición de los factores de producción?
R/ Giro de la actividad económica, Naturaleza del proceso productivo, Intensidad en bienes de capital / intensidad en la mano de obra.

3. ¿Qué son los recursos económicos?
R/ Recurso monetario necesario para llevar a cabo la inversión en bienes de capital, también para poder cubrir gastos de funcionamiento o capital de trabajo de la entidad productiva.

4. ¿Qué son los bienes de capital?
R/ Todo lo que hace posible la producción que sea de larga duración, elevada inversión que genera riquezas.

5. ¿Qué son los gastos de funcionamiento o capital de trabajo?
R/ Todo lo que interviene en la producción que se ve como gasto que se debe incurrir, de corta duración, se utilizan espontáneamente.

01 (CON-1) Origen de los Derechos Fundamentales

Empezaré a postear lo que serían la mitad de las clases y de las preguntas de los cuestionarios que elaboro para estudiar en las materias que llevo de Ciencias Jurídicas, para que les sirva de utilidad a mis compañeros de aula ya sea para complementar sus apuntes o para quienes hayan faltado los días antes previstos, por supuesto la clase y lo que falta del cuestionario no lo publicaré puesto que sería entregar mi esfuerzo completo... pero seré condescendiente con las personas que sean mis allegadas o que sean constantes seguidores de lo que se postea en el blog "Juris & Tales" y que me lo pidan expresamente por correo, gracias como 100pre por hacer de este su blog, su segunda casa =D.

____________________________________
_____________________________

03/05/07 Derecho Constitucional (Grupo 1-2)
Francisco Garay
3 Parcial, clase 01

-
Origen de los Derechos Fundamentales

-Clase-
-

- Parte dogmática, derechos que están regulados en la Constitución, estos derechos son prácticamente recientes, (50-60 años) antes no se les llamaban así, las raíces están en el Derecho Natural de la edad media. Derechos Naturales son los conjuntos de derechos que se poseen por la condición de la naturaleza humana. El origen de los Derechos naturales:

- 1492, Descubrimiento de América; Colón vino y se llevó a algunos indígenas y se los llevó para el viejo mundo, y cuando llegó a la Corte, entró una discusión teológica: si los indígenas tenían alma o no, si eran animales o personas. Los indígenas así, tuvieron dos grandes defensores Fray Bartolomé de las Casas, y el Padre Francisco Vitoria. Ellos sostenían que los indígenas tenían alma, y que había que evangelizarlos para salvar sus almas, otros decían que eran seres biológicos, que no tenían cultura, etc.

- Portugal, beneficiado por su posición geográfica dispuesta hacia América. La Corte se aburrió, a la casa de los Segovia, llegó un momento en que ya le estorbaban a la reina Isabel, les dijo que los dejaran en un baraje camino a Zamora que más se parezca al lugar de donde ellos vienen. Pero estos indígenas al venir el invierno murieron de hambre y de frío, la primera muerte grave de los aborígenes latinoamericanos en España. Aquí surgen los Derecho Naturales y Bartolomé de las Casas estableció que el ser humano tiene derechos por su simple condición de ser humano, y entonces Bartolomé de las Casas se va con Colón a evangelizar a América viniéndose a Guatemala, comenzando la gran emigración de órdenes religiosas para evangelizar a los aborígenes, diciéndole al Padre Francisco Vitoria que se quede en España para ayudarlo desde la Corte para poder defender los derechos de los indígenas. El padre del Derecho Natural, comenzando con los derechos de los indígenas es Fray Bartolomé de las Casas.
(...)
Photo Sharing and Video Hosting at Photobucket
-
Origen de los Derechos Fundamentales
-Cuestionario-
-


1. ¿Cuál es el origen de los Derechos Fundamentales?
R/ Su origen radica en los Derechos Naturales.

2. ¿Cuál es el conflicto con el que nacen los Derechos Naturales?
R/ Con la discusión posterior al descubrimiento de América, si los indígenas tenían alma o no. Partiendo de estos acontecimientos (XV-XVI), surge el derecho natural como característica de todo ser humano, atribuyéndoles a los indígenas calidad de seres humanos con alma, siendo el aspecto religioso de gran peso.

3. ¿Quiénes son los defensores de los derechos de los indígenas?
R/ Fray Bartolomé de las Casas y el Padre Francisco Vitoria.

4. ¿Quién es el fundador de los derechos naturales y qué hizo para establecerlos?
R/ Fray Bartolomé de las casas estableció que el ser humano tiene derechos por su simple condición de ser humano, defendiendo los derechos de los indígenas y se va con Colón a evangelizar a América. Designando al Padre Francisco Vitoria lo ayude desde la Corte.

5. ¿Cómo nace el primer tratado entre dos estados monárquicos?
R/ Siendo Portugal quien tenía la mejor flota, y más facilidad para llegar a América se decide por ir a conquistarla, pero surge un conflicto con los Españoles quienes la descubrieron, es así como nace el primer tratado entre estos dos estados monárquicos para dividirse las riquezas y beneficios que pueden tener del nuevo mundo.

6. ¿Dónde es que se hace este acuerdo?

R/ Ninguno decidiéndose donde será la sede de la discusión, acuerdan caminar entre los dos y donde se encuentren en el camino discutirían las invasiones, haciendo el acuerdo en Tordesillas.

7. ¿Cómo se le llama a este tratado?
R/ El tratado de Tordesillas

8. ¿Quién fue quien dirigió la discusión?
R/ El Padre Francisco Vitoria

9. ¿Qué fue lo que logró en esa discusión?
R/ Haciendo un tratado entre dos estados monárquicos, se le atribuye la fundación del “Derecho internacional público”.

10. ¿Qué expresaba John Locke sobre los derechos naturales como jurista del siglo XVII?

R/ La defensa de los derechos naturales de la vida, la libertad y la propiedad, son el fin prioritario de la sociedad civil.

11. ¿Qué expresaba Samuel Pufendorf sobre los derechos naturales como jurista del siglo XVII?
R/ De la dignidad humana se derivan todos los derechos naturales>



-
Origen de los Derechos Fundamentales

-Anexo-
-
Sobre el Tratado de Tordesillas
- Tratado de Tordesillas, acuerdo firmado el 7 de junio de 1494, en la localidad española de Tordesillas (Valladolid), por el cual los reyes de Castilla y Portugal se comprometieron a cumplir una serie de cláusulas, encaminadas a repartirse el Océano y a delimitar las fronteras africanas. El Tratado de Tordesillas está muy relacionado con las Bulas Alejandrinas, sobre todo con la segunda Inter Caetera, de demarcación, y sus efectos se notaron muy pronto en América (Brasil) y en Asia (antemeridiano e islas de las Especias, las actuales Molucas).

El tratado en el contexto de la política internacional
Así como las Bulas Alejandrinas significaron un gran triunfo para los Reyes Católicos, en el Tratado de Tordesillas sucedió al revés: se impuso la habilidad negociadora del rey portugués Juan II, cuando todo estaba a favor de Castilla (diplomacia pontificia, armada de Vizcaya y flota colombina). Quizá pudo más la necesidad de paz de los dos reinos peninsulares, ambos con mucho que perder si se llegaba a una confrontación armada. También debió pesar el distinto grado de conocimiento que del Océano poseían Castilla y Portugal, pues a la limitada preparación cosmográfica de los reyes Isabel y Fernando se unían el desconcierto científico de sus expertos y la escasa información aportada, en este caso, por Cristóbal Colón. Frente a esto, es casi seguro que a finales de 1493 Juan II, con un mejor plantel de navegantes a su servicio, conocía casi con seguridad a qué distancia se encontraba la tierra más cercana de América, la que correspondía al saliente del Brasil.

- A tales bazas en poder del rey lusitano se unieron, entrado ya el año 1494, dos hechos de política internacional de indudable trascendencia: en primer lugar, una inminente guerra de España con Francia, que estaba a punto de invadir Nápoles. En segundo lugar, el nombramiento de sucesor al trono portugués, con quien habría de casar la hija de los Reyes Católicos, Isabel. Con este panorama, quizá se comprenda mejor la voluntad de los monarcas españoles por llegar a un acuerdo con Juan II, aun a costa de transigir bastante.
-
Origen de los Derechos Fundamentales
-Tareas-
-
Recuerden que para el miércoles, el Licenciado Garay quiere que presentemos la Carta Magna escrita a mano, está un poco largo así que sería bueno que empezaran con anticipación. Acá pueden encontrarla completa:

01 (DPE-1) Excluyentes de responsabilidad penal e introducción a la culpabilidad

02 mayo, 2007

Empezaré a postear lo que sería la mitad de las preguntas de los cuestionarios que elaboro para estudiar en las materias que llevo de Ciencias Jurídicas, para que les sirva de utilidad a mis compañeros de aula ya sea para complementar sus apuntes o para quienes hayan faltado los días antes previstos, por supuesto la clase y lo que falta del cuestionario no lo publicaré puesto que sería entregar mi esfuerzo completo... pero seré condescendiente con las personas que sean mis allegadas o que sean constantes seguidores de lo que se postea en el blog "Juris & Tales" y que me lo pidan expresamente por correo, gracias como 100pre por hacer de este su blog, su segunda casa =D.
____________________________________
_____________________________
30/04/07 Derecho penal
3 Parcial, clase 01
-
Excluyente de responsabilidad penal (continuación) e
introducción a la Culpabilidad.
-
1. ¿Cómo se le llama al comportamiento excluyente de responsabilidad del numeral 3?
R/ Comportamiento por necesidad.

2. ¿Cuál es la fuente de la posible responsabilidad penal?

R/ Una acción u omisión que pone en peligro o lesiona un bien jurídico.

3. ¿Cuáles son los requisitos para que esa acción sea excluyente de responsabilidad penal?
1) Ese bien jurídico debe estar en inminente peligro.
2) Fuera la intencionalidad de lesionar el bien jurídico.
3) La lesión al bien jurídico debe ser igual o menor al bien jurídico salvado.
4) Debe ser proporcional al peligro.
5) No se debe tener el deber jurídico de afrontarlo.

4. ¿De donde nace el deber jurídico de obrar?
R/ Según el artículo 20 del Código Penal, el deber jurídico de obrar incumbe a quien tenga por ley obligaciones de cuidado, protección o vigilancia.

5. Según el numeral 4 de las causas que excluyen de la responsabilidad penal, ¿quienes se ven excluidos?
R/ Cualquiera que en el momento de ejecutar el hecho, no estuviere en situación de comprender lo ilícito de su acción u omisión.

6. ¿Qué motivos expresamente la ley determina de acuerdo al precepto anterior?
R/ De determinarse de acuerdo a esa comprensión por cualquiera de los motivos siguientes:
1) Enajenación mental;
2) Grave perturbación de la conciencia; y,
3) Desarrollo psíquico retardado o incompleto.

7. ¿Qué consecuencia se aplica en estos casos?
R/ El juez o tribunal podrá imponer al autor alguna de las medidas de seguridad a que se refiere este Código.

8. ¿En qué casos se aplicará la internación como medida de seguridad?
R/ Sólo se aplicará cuando el delito corresponda pena de prisión.

9. ¿Qué casos se encuentran determinados como enajenación mental?
R/ Desde que nació el imputado era una persona con enajenación mental y así se determinó médicamente, entonces está totalmente excluido.

10. ¿Qué casos se encuentran determinados como grave perturbación de la conciencia?
R/ Situación de carácter temporal que puede padecer una persona a consecuencia de un impacto psicológico en la vida real. (Lapsus calamitis)

11. ¿Qué casos se encuentran determinados como desarrollo psíquico retardado o incompleto?
R/ Las personas que tengan un impedimento mental ya sea parcial o total que les impida comprender lo ilícito de su acción, por ejemplo, las personas con síndrome down.

12. ¿Qué se procede a hacer para aplicar las medidas de seguridad correspondientes?
R/ Se lleva a cabo un procedimiento especial, para la aplicación de medidas de seguridad “juicio para la aplicación exclusiva de medidas de seguridad.

13. ¿Cuál será la procedencia para ese juicio?
R/ Cuando el fiscal o el querellante, en razón de la inimputabilidad, estimen que sólo corresponde aplicar una medida de seguridad, requerirán la aplicación del juicio previsto en el Art. 397.

14. ¿Cuáles son las reglas especiales para el procedimiento de aplicación de las medidas de seguridad?
R/ El procedimiento se regirá por las reglas comunes, salvo las establecidas a continuación:
1) Cuando el inimputable sea incapaz, sus derechos serán ejercidos por el tutor o, en su defecto, por quien designe el tribunal, sin perjuicio de aquellos que pueda ejercer el inimputable por sí mismo; el tutor informará sobre el inimputable inmediatamente después de la discusión final;
2) Este juicio no se realizará simultáneamente con otro de trámite ordinario;
3) El juicio se realizará a puerta cerrada, sin la presencia del inimputable cuando a causa de su estado imposibilite la audiencia;
4) La sentencia absolverá u ordenará una medida de seguridad, y en su caso resolverá sobre la responsabilidad civil; y,
5) No regirán las normas referidas al procedimiento abreviado, ni las de la suspensión condicional del procedimiento. (Art. 398)

15. ¿Cómo es la designación de la persona que representa al inimputable?
R/ En estos casos, se llama al procurador general de la república, quien manda a una persona comisionada para que lo represente.

16. ¿Qué es lo primero que se pide como medida provisional en el caso de una persona que se considera inimputable?
R/ Se podrá ordenar la internación provisional.

17. ¿Cuáles son los requisitos para que proceda la internación provisional?

R/ Cuando medien los siguientes requisitos:
1) Que se haya comprobado la existencia de un hecho tipificado como delito; y que existan elementos de convicción suficientes para sostener, razonablemente, que el imputado es con probabilidad, autor o partícipe;
2) Comprobación, por dictamen de perito, de que el imputado sufre una grave alteración o insuficiencia de sus facultades mentales, que lo tornan peligroso para sí o para los demás; y,
3) Existencia de una presunción suficiente de que no se someterá a procedimiento u obstaculizará un acto concreto de investigación. (Art. 302).
_____________________
_____________________________
Estas son entonces las dudas que me surgen con respecto a la clase, espero que ustedes indaguen sobre las mismas para entender de mejor manera lo que se ha expuesto en clase.-
____________________
_______________
1. ¿Qué sucede cuando una persona salva su propia vida a costa de alguien del que tiene el deber jurídico de cuidado protección o vigilancia?
2. En el caso donde se tiene que elegir salvaguardar el bien jurídico vida de entre dos personas de un peligro real, ¿Incide el hecho que una de las personas le prometa beneficios económicos al momento de ser elegido como el salvado?
3. Dentro de los excluyentes de responsabilidad penal, ¿Entra la inimputabilidad de los menores de 12 años?
4. ¿El internamiento de la persona en la aplicación exclusiva de medidas de seguridad se prolonga hasta que se recupere la persona o según la sentencia y la gravedad del delito?
5. ¿Por qué es error vencible preferir salvaguardar el patrimonio que la vida en el caso antes previsto?

-
Excluyentes de Responsabilidad Penal - Introducción a la Culpabilidad
-Audio-
-

01.- Respuestas a las 5 inquietudes F. Karla Murcia. Derecho Penal (Archivo Mp3)

Dianahi

Dianahi's Hi5 Profile! n_n!
He acá el banner que le hice a mi amiga concu: Dianahi's, cualquiera de mis allegados puede pedirme que le haga su respectivo banner n_n! Esta versión es la versión RBD jeje, así lo quería... yo q culpa.


Dianahi's Hi5 Profile!

Notas de Laboratorio

01 mayo, 2007

Nota Real
Laboratorio Instructoria

Nombre
nota real
Aguilar Cerna, Carlos David
5.54
Aguilera Martínez, Brenda Mónica
3.22
Ayón Hernández, Moisés Alfonso
6.36
Azucena Mejía, Eduardo Florencio
7.92
Burgos Dueñas, José Elvis

Calderon Romero, Ernesto Jose
2.16
Chacon Lopez, Ursula Julissa
2.84
Cienfuegos Ayala, Karla Marcela
4.96
Dutriz Gutiérrez, Diana Maria
6.4
Garay Solórzano, Francisco
4.12
Gonzáles Núñez, Alicia María
4.13
Hércules Pineda, Oscar Saúl
7.04
Hernández Gonzalez, Carmen Maria
4.96
Hernández Rivera, Fátima Rosibel
5.13
Leiva Rivas, Oscar Alberto

Mariona Madrid, Moises Aristides
4.41
Marroquín Quezada, Gladis Marcela
7.52
Martínez Canales, Loren Charlotte
5.61
Meza Quintanilla, Antonio
6.4
Perez Galdamez, Julio Ernesto
4.56
Pérez López, Allan Humberto
4.8
Portillo Cruz, Juan Ernesto

Ramírez Hernández, William Henry

Ramos Gómez, Glenda Maribel
8.13

Rodríguez Sandoval, Mauricio Gerardo
5.53
Rivas Gamero, Katherine Andrea
8
Sánchez Larín, Claudia María
4.5
Sibrián Beltrán, Elsi Mariela

Sorto Escalante, Yessenia Yamileth
5.55
Sorto Hernández, Raquel Margarita
6.4
Ticas Merino, Mauricio Fernando
7.28
Turcio, Julio Ernesto
5.14
Valle Urbina, Glenda Maricela
5.09
Vidal Cuéllar, Julie Theresa
5.79
Yazuri Yamileth
3.46
Para la nota que reportaré del laboratorio, sumaré lo que le hace falta a la mejor nota para llegar al diez, a todo el grupo =D.
__________________________________________________________
Nota que reportaré: Puntaje + Liberta Bonus

Nombre
nota real
puntaje
liberta bonus
TOTAL
Por ejemplo:
Aguilera Martínez, Brenda Mónica
3.22
(Nota real de laboratorio)
1
(Puntaje ganado)
1.87
(Liberta Bonus)
6.09
(Total)

Aguilar Cerna, Carlos David
5.54

1.87
7.41
Aguilera Martínez, Brenda Mónica
3.22
1
1.87
6.09
Ayón Hernández, Moisés Alfonso
6.36

1.87
8.23
Azucena Mejía, Eduardo Florencio
7.92
1
1.87
10.79 (10)
Burgos Dueñas, José Elvis


1.87
1.87
Calderon Romero, Ernesto Jose
2.16

1.87
4.03
Chacon Lopez, Ursula Julissa
2.84

1.87
4.71
Cienfuegos Ayala, Karla Marcela
4.96

1.87
6.83
Dutriz Gutiérrez, Diana Maria
6.4

1.87
8.27
Garay Solórzano, Francisco
4.12

1.87
5.99
Gonzáles Núñez, Alicia María
4.13
1
1.87
7
Hércules Pineda, Oscar Saúl
7.04

1.87
8.91
Hernández Gonzalez, Carmen Maria
4.96

1.87
6.83
Hernández Rivera, Fátima Rosibel
5.13
1
1.87
8
Leiva Rivas, Oscar Alberto


1.87
1.87
Mariona Madrid, Moises Aristides
4.41

1.87
6.28
Marroquín Quezada, Gladis Marcela
7.52
1
1.87
10.39 (10)
Martínez Canales, Loren Charlotte
5.61
1
1.87
8.48
Meza Quintanilla, Antonio
6.4
1
1.87
9.27
Perez Galdamez, Julio Ernesto
4.56
3
1.87
9.43
Pérez López, Allan Humberto
4.8

1.87
6.67
Portillo Cruz, Juan Ernesto


1.87
1.87
Ramírez Hernández, William Henry


1.87
1.87
Ramos Gómez, Glenda Maribel
8.13
1
1.87
11 (10)
Rodríguez Sandoval, Mauricio Gerardo
5.53
2
1.87
9.4
Rivas Gamero, Katherine Andrea
8
ExMax
1.87
10
Sánchez Larín, Claudia María
4.5

1.87
6.37
Sibrián Beltrán, Elsi Mariela


1.87
1.87
Sorto Escalante, Yessenia Yamileth
5.55

1.87
7.42
Sorto Hernández, Raquel Margarita
6.4

1.87
8.27
Ticas Merino, Mauricio Fernando
7.28
1
1.87
10.15 (10)
Turcio, Julio Ernesto
5.14
1
1.87
8.01
Valle Urbina, Glenda Maricela
5.09
1
1.87
7.96
Vidal Cuéllar, Julie Theresa
5.79

1.87
7.66
Yazuri Yamileth
3.46

1.87
5.33
.
Felicito a todos por su esfuerzo y perseverancia, gracias por hacer de esta su instructoría una herramienta útil para sus logros.
Cualquier comentario, sugerencia o queja, dejar sus comentarios al final del blog.!
______________
F.- Rodrigo.-
(8) Liberta di casa y castia... (8)