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**NOTA !!!! : Para las personas q me han preguntado o han escuchado otras cosas que pueda que no del todo sean ciertas, debo aclarar: Asi es, fui expulsado de la UJMD. Por los videos que subí en cierta ocasión, lo cual me parece una clara falta de respeto con los catedráticos a pesar de no haber sido de mala intención, yo admiraba y aún admiro a... de hecho todos los catedráticos con los que tuve clase alguna vez; lo injusto me parece la medida tomada, puesto que igual o mas gravoso es el daño cuando se habla por ejemplo, de que un prof. se acostó con una alumna para pasar la materia, lo cual lo escuché reiteradas veces a lo largo de mi "corta" estadía en la UJMD. Exagerada la medida de no aceptarme el reingreso, pero la acepto y no me quedo con malos resentimientos con nadie. La verdad es que en lo que respecta a mi inteligencia emocional debo trabajar mucho, y por eso no había podido entablar una relación madura con la gente, en este proceso he dañado a varios de mis compañeros con mis pretenciones y orgullos... entre otras cosas, pero en realidad no era mi intención... era mi impotencia y mi miedo a ser aceptado y reconocido por mis pares, parecía una fuerza para alejarlos pero mi propòsito era lo contrario, pero al final he salido perdiendo. Gracias a esta experiencia, no he perdido nada, más he ganado una enseñanza. A todos, en serio, los llevo en mi corazón tanto compañeros como catedráticos, espero sigan persistentes en todo, de ustedes he aprendido en 3 años lo que difícilmente aprendí en toda mi vida. Mi blog lo cerré por que ya no quería lidiar con toda la información que había expuesto, nadie me pidió, mucho menos ordenó que lo cerrara, más fue las circunstancias las q me obligaron a hacerlo, por que al final me di cuenta cuanta información había de mi persona que me pone en peligro, y compromete a mi familia... y al fin y al cabo ya ahora me doy cuenta que en realidad a nadie le interesa mis vivencias triviales cotidianas.... lol? Asi q pues, un saludo a la capital del derecho !!! yo, por mi parte gracias a esto encontré mi verdadera vocación, :D Caminante no hay camino, se hace camino al andar.... Dejare abierto al publico mi blog, ya que es mi motivación y orgullo, solo que no tendrá mas updates por lo antes mencionado. A continuación de esta etapa, viene un nuevo blog por supuesto, esten pendientes para el lanzamiento del nuevo blog que haré, el anuncio oficial lo haré desde aca. Suerte a todos, y disfruten de lo que puedan hacer uso de este blog, tanto las clases como las entradas antiguas.

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I.06.DTRO: Desarrollo de las Concepciones Tributarias en EUA y Europa

18 febrero, 2008

Seguimos en este quinto ciclo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esta será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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Clase + Base Legal
HNB/1P/01
-I-


Paraíso del Coqueteo
v. Hanabi

12/02/08
DTR-0 I-06

Desarrollo de las Concepciones Tributarias en EUA y Europa

Las primeras Constituciones que tienen los derechos sociales son:

1917, Constitución de Querétaro Constitución de la Unión Soviética – Revolución Mexicana y bolchevique.

1919, Constitución de Weimar – Constitución de la República Alemana.

La Constitución de Weimar no se desarrolló de la mejor manera, Alemania luego de la Primera Guerra Mundial queda destruida, los aliados empiezan a diseñar políticas para evitar que Alemania vuelva a la guerra. El punto fundamental que hacen los aliados para Alemania no vuelva a ser un peligro para el reino unido, era evitar que se rearmara, le impusieron cuantiosas indemnizaciones. Se creía que si les estaban pagando esa cantidad de dinero a los aliados, no tendrían los recursos para hacer otra guerra.

En 1919 llega al poder a Alemania un gobierno socialista, este gobierno es bien débil por que el gobierno en aquél tiempo era parlamentario si habían suficientes votaciones podían hacer caer el gobierno, otro de los problemas de este gobierno era que para poder cumplir todas las políticas que había prometido en campaña necesitaba recursos, pero la mayor parte de los recursos estaban destinados para la indemnización producto de la guerra, así que empezó a salirse del patrón oro imprimiendo papel moneda sin respaldo, produciendo inflación. Era tanta la inflación que produjo un colapso en la vida social, era tan grande la hiperinflación que las personas trataban de gastarse inmediatamente su sueldo del mes, se necesitaba también de carretillas para poder transportar el dinero, su prioridad era sobrevivir mes a mes.

Ciertos grupos se aprovecharon de esta crisis, todos los que tienen acceso a moneda extranjera, que eran los mismos banqueros, quienes podían pedir financiamiento con moneda extranjera, y ya no depender de la moneda nacional. Estos banqueros, sacaban créditos apalancados[1] en banco Alemán, para pagar luego con moneda extranjera.

La gente empieza a ir en contra del gobierno establecido y piden un orden en cuento a lo económico del país, empieza a tener mucho auge las ideas nacional socialismo.

El Estado por tanto con estas Constituciones empieza a ser interventor en la economía del país, los tributos iba a responder a solventar necesidades públicas. Tuvo que pasar algo para que a nivel mundial cambiara el papel del Estado y del Tributo.

Crash de la Bolsa de Valores en New York

En 1929 se da el Crash de la Bolsa de Valores en New York. Después de las guerras civiles era de los países con más recursos del mundo y se empezó a desarrollar cada vez más. Después de la Primera Guerra Mundial, Europa queda destruida, eso le da la oportunidad a Estados Unidos para llegar a ser ahora la primera potencia económica del mundo. Inglaterra al ganar la Guerra Mundial tuvo que darles independencia a sus colonias y quedando destruida Europa, Estados Unidos se convierte en el principal proveedor de bienes para todo el mundo.

Estados Unidos tiene gran poder económico, por dos cosas. Las dos principales ciudades importantes en economía de Estados Unidos son New York y Chicago. New York llegó a ser un centro financiero importante, pues en la Primera Guerra Mundial Londres tenía bastante poder financiero los intereses a nivel mundial se fijaban tomando como base los intereses de Londres. Londres a finales del siglo XIX era la ciudad más rica del mundo. Pero en la primera guerra mundial caen las bombas en Londres, la guerra bloquea a Inglaterra. El capital que estaba en Londres emigra al lugar que le podía dar seguridad financiera: New York, siendo la principal ciudad de Estados Unidos, pues ahí se concentraba la fuerza de los productos que se exportaban por el río Hudson.

Chicago logra ser la segunda potencia financiera en Estados Unidos, de Europa los barcos llegan la ruta de los ríos (San Lorenzo y Mississipi), llegó a ser Chicago el principal mercado agrícola del mundo.

Estados Unidos llega a concentrar los dos mercados más importantes del mundo, eso hace que a partir de ese momento lo que pasara en Estados Unidos impacte a todo el mundo más de lo que suceda en Londres.

Para los años 20 hay un gran desarrollo tecnológico, empieza a surgir la cadena de producción creando un gran desarrollo industrial en Estados Unidos. Estas empresas necesitaban más recursos para poder producir aún más, la bolsa de valores se convertiría en el principal acceso para recaudar sus fondos. En esta década hacen una reforma a una ley, donde se dice que las acciones deben de ser expresadas en múltiplos de dólar, dejando al acceso de todos la compra de acciones. Habían dos cosas que subían de precio y que llamaban a la inversión, éstas eran los bienes raíces y el petróleo.

Estados Unidos siendo bastante liberalistas, la bolsa de valores estaba hecha por particulares, los grandes accionistas la habían creado. Había problemas en este sistema donde todos compraban acciones de bienes raíces y petróleo, la subida de los precios no correspondía a la demanda, sino a la especulación, también el grave control y anarquía que había en los mercados financieros.

Empieza a invertirse en estos rubros de tal manera que la mayoría de personas que se incorporaban en el mismo obtenían bastante ganancias, pero llega un punto, donde los precios llegan a ser exorbitantes de estas acciones, el valor de los bienes raíces se alejaba cada vez más a su real valor comercial.

En cuanto al petróleo, los grandes industriales eran los accionistas en la bolsa de valores, la bolsa de valores es la encargada de autorizar a que esas acciones se vendieran en la bolsa. Se autorizaban las acciones de éstas empresas industriales fácilmente. Mucha gente empezó a comprar acciones sin saber de esas empresas. Se aprovecharon los famosos Carpet Bagger a la bolsa de valores, hacían sociedades en lugares recónditos y ponían como dirección frecuentemente habitaciones de hotel. Los fundadores de la sociedad ponían a venderse todas sus acciones, después al caer el precio quedaban contablemente en la nada, desaparecían.



[1] Los créditos apalancados son aquellos créditos que da el banco a sus propios accionistas en condiciones favorables.



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Cuestionario
HNB/1P/01
-II-



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Anexos
HNB/1P/01
-III-

Como ya es costumbre, los siguientes enlaces ayudarán a ampliar el dominio del tema:

1. La Hiperinflación Alemana

1.1. Desde un Blogger tenemos un breve resúmen de los alcances que tuvo en Alemania.

Histocultura -La inflación Alemana

1.2. Desde Eumed, se nos presenta un acercamiento mas detallado de las repercusiones que tuvo esta hiperinflación y algunas otras que han existido através de la historia. A continuación un fragmento de la hiperinflación Alemana a la que hacemos referencia en este tema:

"Los hombres y las mujeres se apresuraban a gastar sus sueldos, a ser posible, a los pocos minutos de cobrarlos. Los billetes eran llevados a las tiendas en carretilla o en cochecitos de niño. La referencia a las prensas de imprimir siempre habían ocupado un lugar especialmente importante en el clisé monetario. Aquel otoño, en Alemania, se utilizaron virtualmente todas las prensas capaces de imprimir dinero. En realidad los billetes manaban a raudales. Y a veces el comercio se interrumpía al retrasarse las prensas en producir nuevos billetes de cifras lo bastante altas para que fuese transportable la cantidad de papel necesaria para la compra del día".

Eumed - La Hiperinflación

2. John Maynard Keynes. En Wikipedia tenemos una profunda biografía de Keynes y sus logros en una economía mundial en decadencia. Hace bastante relación con el presente tema.

Wikipedia - Joh Maynard Keynes


3. Aunque en esta tema hacemos poca alusión a la Segunda Guerra Mundial, al final de la segunda parte tiene bastante que ver al relacionarla con la creciente economía Estadounidense.

Wikipedia - Segunda Guerra Mundial


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Audio
HNB/1P/01
-IV-

Esta es la primera parte de la explicación del tema:

06-Desarrollo de las Concepciones Tributarias en EUA y Europa.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 30 min
Duración original: 1h 38 min
Calidad: Media
Tema: Desarrollo de las Concepciones Tributarias en EUA y Europa
Tamaño: 3.40 MB
Feat: Francisco Garay

I.05.DTR0: Del Estado Liberal de Derecho al Estado Social de Derecho

17 febrero, 2008

Seguimos en este quinto ciclo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esta será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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Clase + Base Legal
HNB/1P/01
-I-


Paraíso del Coqueteo
v. Hanabi

11/02/08
DTR-0 I-05

Del Estado Liberal de Derecho al Estado Social de Derecho

Las ideas liberales promovían una mínima intervención estatal, pues así se tendría mayor protección a los derechos del individuo. Este sistema, en el plano económico se regía por las reglas del Dejar Hacer, Dejar Pasar, como ley supletoria no directora. El Principio de autonomía de la voluntad privada iba a estar encima en muchos casos de la ley.

En el Estado Liberal de Derecho se crean los Derechos Fundamentales de primera generación, los derechos de libertad, que la forma de asegurarlos como cumplidos, el Estado no debía intervenir.

Este Estado Liberal, no interventor, los fines mínimos que tendría sería procurar la seguridad interna y la seguridad externa. Para nuestra materia tributaria, si sus fines son mínimos, la necesidad de recursos sería mínima.

Este Estado decía que el tributo debía ser mínimo por las siguientes razones:

  1. Por su Finalidad: Los Fines del Estado serían mínimos
  2. Por su Incidencia económica: Por que para el Estado Liberal, el tributo se entiende como un acto administrativo desfavorable. Si bien, el tributo es un mal necesario, debía ser mínimo para no alterar la curva de la oferta y la demanda. Hablaban del tributo neutro, aquél que no altere la curva de la oferta y la demanda de manera significativa.

Aún los liberalistas reconocían que el Estado debía existir para cumplir esas funciones, aunque eran muy propensos a que los particulares solventen lo que ahora entendemos como necesidades públicas. Siguiendo esta línea, los liberalistas eran muy adeptos en cuanto a la Administración de Justicia al Arbitraje, en relaciones de familia, en los conflictos comerciales, etc.

Sin embargo, los liberalistas concebían que el Estado debía existir, por que hay funciones que el Estado no puede delegar añadiendo a la seguridad interna y externa:

- La Administración de Justicia Penal: por que los particulares tomarían la Justicia por su propia mano.

- La Seguridad Pública: Pues como serían los encargados de combatir el crimen, no lo harían de tal forma que dañe su fuente de ingreso. Nunca buscarían su fin, se quedarían en un nivel.

Este mundo liberal, el tipo de impuesto que se debía entonces de utilizar el Impuesto indirecto, que no afectara la creación de la riqueza de los particulares, sino a la manifestación de esa riqueza en la vida social. Tipos de impuestos indirectos: Impuestos sobre las ventas. Regla de la neutralidad económica.

El liberalismo entró de lleno en las finanzas públicas, como los fines del Estado eran mínimos su nivel de gastos tenía que ser bajo.

La regla del equilibrio presupuestario donde los gastos del Estado debían ser iguales a sus ingresos. El mejor impuesto es el de menor monto, el mejor plan financiero el que tuviera menos gastos.

Estas ideas liberales empezaron a impactar a la economía y a los mismos Estados en la creación de tributos, estas ideas se mantienen vigentes mientras el Estado Liberal se mantenga en pie. Cuando el Estado liberal empieza a tener crisis claramente estas ideas liberales en materia económica y por lo tanto en materia tributaria van a cambiar.

El suceso primordial que causa el colapso del Estado Liberal es la revolución industrial.

La Revolución Industrial

La Revolución Industrial surge un cambio de las ideas económicas y sociales producto de un cambio tecnológico. Cambiando el proceso de producción, el trabajo anteriormente se hacía artesanalmente, un individuo lo hacía todo.

Se inventó para este logro la Máquina de Vapor, creada por James Watt. Esta máquina provocó una gran revolución en cuanto a la producción, pues antes se hacía de forma manufacturera.

Permitía trabajar continuamente: Como era movimiento mecanizado, no se necesitaba el descanso humano o animal.

Nuevas formas de trabajo: Ya no se necesita a alguien que lo sepa hacer todo, ahora se puede dividir la producción, hacerla en masa. Al hacerla así, solo se interesa que se sepa operar la máquina, como no eran máquinas sofisticadas cualquiera podía llegar a operarla.

Empiezan a demandar más personas, era una mano de obra no calificada. Como los hombres eran insuficientes para solventar la demanda de trabajadores se empezó a contratar a la mujer, y luego a los niños.

Al hacer el trabajo mecánico, pasamos de una mano de obra calificada, a una obra no calificada, las condiciones laborales son muy diferentes en este último a consecuencia que la manos de obra no calificada era de fácil sustitución.

Con esto empieza a surgir el abuso, el patrono como no tenía límites, la jornada de trabajo empezó a extenderse cada vez más, no se recompensaban los accidentes de trabajo, etc.

Como el tiempo de trasladarse de la casa al trabajo se perdía a la hora de la producción, los patronos empezaron a construir lugares para que los trabajadores se instalaran en la fábrica, cada fábrica emitía su propio papel moneda para que los trabajadores hicieran sus gastos en la misma fábrica. Lo que sucede en este tipo de monopolio es que los precios se maximizan. Era entonces dependiente de su patrono, trabajaba para vivir.

Empieza entonces a quitárseles los derechos de libertad a los trabajadores. Se dan crisis, y se empieza la demanda por los derechos de segunda generación, los derechos sociales.

La segunda crisis del Estado Liberal, fueron las guerras del siglo XIX, tuvieron un doble impacto. Marcado por las guerras Napoleónicas, donde se dan graves perjuicios económicos. La gente que regresó del frente de Moscú con Napoleón, uno de diez. Sólo queda la tercer parte de hombres en Francia, de esos se calcula que sólo la quinta parte queda apta para el trabajo.

Estando en guerra, todos los recursos se iban para la guerra, y para subsistir se raciona los recursos para poder vivir, entonces el Estado, empezó a intervenir en la economía. Francia derrotada y en esta crisis empieza a ver qué hacer, cuando alguien pierde la guerra, le imponen de nuevo un rey a Francia, con Carlos X. No queriendo tener otra monarquía, con el tiempo, hacen que llegue el poder el sobrino de Napoleón, Luís Napoleón Bonaparte, su hijo murió cuando era niño.

Napoleón III fue muy famoso, levanta de nuevo a Francia, para el siglo XIX Francia es el centro cultural mundial. Llega con su política de revancha, para que Francia volviera a ser potencia luego de la destrucción que había sufrido luego de las guerras napoleónicas, era necesario recursos. En el año de 1848, bajo Luís Napoleón Bonaparte, es de los impulsores del Impuesto sobre la Renta. Hay un antecedente de esto en Venecia, cuando se tenía algo parecido. Pero no se logró con la sofisticación que tuvo en Francia.

(...)

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Cuestionario
HNB/1P/01
-II-


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Anexos
HNB/1P/01
-III-

Los siguientes enlaces ayudarán a complementar el tema en cuestión:

El Liberalismo
Edad contamporánea de los Estados Unidos

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Audio
HNB/1P/01
-IV-

Esta es la primera parte de la explicación del tema:


05-Del Estado Liberal de Derecho al Estado Social de Derecho.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 30 min
Duración original: 1h 36 min
Calidad: Excelente
Tema: Del Estado Liberal de Derecho al Estado Social de Derecho
Tamaño: 3.40 MB
Feat: Lic. Gerardo Marquez

I.04.DTR0: Especies de Ingresos del Estado

16 febrero, 2008

Seguimos en este quinto ciclo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esta será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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Clase + Base Legal
HNB/1P/01
-I-


Paraíso del Coqueteo
v. Hanabi

05/02/08
DTR-0 I-04

La Hacienda Pública, como patrimonio público tiene diferentes recursos:

- Tributos (Ingresos, tasas, contribuciones especiales e ingresos parafiscales)

- Deuda Pública (interna y externa): La Deuda Pública externa son los empréstitos internacionales, esto puede ser entre Estados, entre Instituciones Internacionales que son sujetos de derecho internacional público; Deuda Interna, el Estado emite títulos en los diferentes mercados financieros (bolsas de valores), cuando esos títulos son emitidos en la propia bolsa de valores del país, estamos ante los eurobonos.

- Monopolios, término clásico, cuando el Estado es empresario.

[Cn.] Art. 110.- No podrá autorizarse ningún monopolio sino a favor del Estado o de los Municipios, cuando el interés social así lo haga imprescindible. Se podrán establecer estancos a favor del Estado.

A fin de garantizar la libertad empresarial y proteger al consumidor, se prohíben las prácticas monopolísticas.

El Estado podrá otorgar privilegios por tiempo limitado a los descubridores e inventores y a los perfeccionadores de los procesos productivos.

El Estado podrá tomar a su cargo los servicios públicos cuando los intereses sociales así lo exijan, prestándolos directamente, por medio de las instituciones oficiales autónomas o de los municipios. También le corresponde regular y vigilar los servicios públicos prestados por empresas privadas y la aprobación de sus tarifas, excepto las que se establezcan de conformidad con tratados o convenios internacionales; las empresas salvadoreñas de servicios públicos tendrán sus centros de trabajo y bases de operaciones en El Salvador.

Históricamente, nuestro constituyente ha prohibido el monopolio por considerarlo contrario a los intereses sociales; sin embargo, a partir de la Constitución de 1950 (Art. 142), se establecen ciertas excepciones en el sentido que pueden autorizarse monopolios únicamente a favor del Estado o de los Municipios, cuando el interés social así lo demande.

El Art. 110 regula el monopolio como prohibición y el monopolio como autorización; pero se diferencia de las anteriores Constituciones, ya que amplía el espectro de prohibición, pues niega la existencia de prácticas monopolísticas, con el objeto de garantizar la libertad empresarial y proteger a los consumidores.

El monopolio como autorización debe salvaguardar los mismos intereses que el Estado trata de proteger con la prohibición de monopolios a favor de los particulares, o sea, la protección del consumidor.

El inciso primero habla de lo que se conoce como “monopolios naturales”, esta clase de monopolios se establecen a favor del Estado o de los Municipios siempre que el interés social así lo demande (monopolio como autorización) y se refiere principalmente a la prestación de los servicios públicos (Ver Art. 120 Cn.).

Son ejemplos de monopolios naturales las industrias de electricidad, agua, etc.

Existe un monopolio cuando solamente una empresa o individuo produce y vende toda la producción de alguna mercancía. Esto permite que este producto se coloque en el mercado a un costo elevado. Por lo tanto, no puede crearse o autorizarse un monopolio a favor de particulares (monopolio como prohibición).

La parte final del inciso primero autoriza al Estado para la creación de “estancos”. El estanco es el embargo o la prohibición de comercio y libre venta de ciertos bienes, con el fin de reservar exclusivamente su venta a favor del Estado. Puede otorgarse a favor de particulares. Ejemplo, el aguardiente.

El inciso segundo prohíbe las prácticas monopolísticas, proponiéndose garantizar la libertad empresarial y proteger al consumidor. Son prácticas monopolísticas las que intentan impedir el acceso al mercado, sirviéndose de cuánto medio se posible. Etimológicamente, la palabra monopolista deriva del griego y significa un solo vendedor. En economía se analiza el monopolio al estudiar el funcionamiento de la oferta y la demanda en un mercado de competencia, y en ese sentido, el monopolio es considerado como un caso de competencia imperfecta.

El Art. 110 de la Constitución establecía el monopolio estatal en la prestación de los servicios de telecomunicaciones, pero las reformas aprobadas en 1994 suprimieron las normas que establecían tal exclusividad; por tanto, es posible que el servicio sea prestado por el Estado o por particulares.

Un Estanco es cuando el Estado se reserva sólo una parte de la actividad económica.

Servicios Públicos: Electricidad, Telecomunicaciones, servicio financiero. De monopolio es mejor el término de las empresas públicas o de los intereses públicos, participaciones sociales estatales, por que cuando el Estado vendió las empresas públicas, el Estado se reservó algunas acciones.

- Ingresos Patrimoniales

[C.] Art. 571.- Se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la Nación toda.

Si además su uso pertenece a todos los habitantes de la Nación, como el de calles, plazas y caminos, el mar adyacente y sus playas, se llaman bienes nacionales de uso público o bienes públicos.

Los bienes nacionales cuyo uso no pertenece generalmente a los habitantes, se llaman bienes del Estado o bienes fiscales.

De los ingresos patrimoniales se desprenden todos los demás ingresos, son bienes nacionales son medios para obtener ingresos por parte del Estado. Ejemplos de bienes nacionales: Los parques, los puentes, las aceras, las calles, etc.; por medio de éstos puede valerse el Estado para obtener ingresos regulando tributos (ojo, no impuestos), se concesiona para que se exploten los recursos nacionales, también los comercia (vende, alquila). Ejemplo, el parque zoológico nos pertenece a todos, teniéndose que pagar, obteniendo ingresos el Estado.

Bienes fiscales, los que les pertenece al Estado, obtiene ingresos de éstos y no en activos fijos comerciando con ellos (vende, alquila), las vende en subastas públicas, etc.

[C.] Art. 572.- Son bienes del Estado todas las tierras que, estando situadas dentro de los límites territoriales, no están poseídas por ninguna persona.

- Tributos: Con el tiempo, el recurso tributario, llegó a ser el de principal importancia para los Estados, fue necesario crear toda una disciplina jurídica precisamente para regularlo. El derecho tributario surge, primeramente tuvo que nacer la idea de que tenían que haber leyes que regularan a la administración pública, y luego tenían que haber leyes que regularan al fisco. Siendo una ciencia jurídica, hay tres aspectos a estudiarla: a) Derecho en sentido objetivo; b) Derecho en sentido subjetivo; c) Derecho en sentido adjetivo.

La disciplina del derecho tributario surge, en primer lugar, nace de un sistema de aspectos históricos y sociales que aparecen desde el siglo XIII. La primer norma de control tributaria, que fue la Carta Magna Inglesa (1215 – 1217). Donde el Rey, en su principio Juan sin Tierra, no podía crear tributos sin el aval de sus señores nobles. Ese es el germen del parlamento inglés. Inglaterra ya tenía una gran tradición desde el siglo XIII en cuanto al control de tributos, ellos causaron un gran cambio cultural, a finales del siglo XVIII, en la ilustración. La ilustración fue un acontecimiento que va en contra de los Estados autocráticos. Surge la Enciclopedia, en este punto tratan de explicar al mundo de manera racional. De esta manera se llegó al problema de explicar el poder de los reyes de manera racional, Russeau (contrato social), Voltaire (hombre natural, hombre bueno), y empezaron a hacer teorías precisamente para justificar la existencia real. Dentro de esta justificación, había que justificar la existencia de los tributos también, en este tiempo quien más desarrolló este tema fue Montesquieu, cuando éste habla del Estado hay un punto donde debe explicar el por qué de los tributos, y dice que deben existir los tributos, por que existe el Estado. Al lado de la ilustración va surgiendo la corriente del liberalismo, este movimiento a la vez decía que vamos a entender al tributo como un mal necesario, como un gravamen. Sin los tributos, no hay Estado afirmaba Montesquieu, era para él un elemento existencial del Estado.


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Cuestionario
HNB/1P/01
-II-


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Anexos
HNB/1P/01
-III-

Este es el proceso de inconstitucionalidad que se promovió dando lugar a que el Estado pudiera vender servicios públicos reservándose cierta vigilancia y aprobación en cuanto a su actividad:

Sentencia 4-97



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Audio
HNB/1P/01
-IV-


Esta es la primera parte de la explicación del tema:


04-Especies de Ingresos del Estado.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 30 min
Duración original: 1h 42 min
Calidad: Excelente
Tema: Especies de Ingresos del Estado
Tamaño: 3.40 MB
Feat: Lic. Gerardo Marquez

I.02.DTR0: Creación de la Hacienda Pública

03 febrero, 2008

Seguimos en este quinto ciclo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esta será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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Clase + Base Legal
HNB/1P/01
-I-


E laParaíso del Coqueteo
v. Hanabi

29/01/08
DTR-0 I-02

Creación de la Hacienda Pública

La Guerra de los Cien Años

Con la Caída del Imperio Romano, invadido por los bárbaros, unos de ellos eran los vikingos, la gente del norte de Europa, unos de los pueblos vikingos eran los normandos (gente del norte).

Los Normandos se establecieron en la costa norte de Francia, por eso la parte norte de Francia se le llama la Normandía, pero también se le llama la Bretaña.

Estos pueblos vikingos se establecieron ahí, con el tiempo llegaron a ser señores feudales del rey de Francia, pero en el tiempo de la edad media los señores feudales querían ser más fuertes y más ricos, invadiendo las tierras de los demás, unos de los líderes de los Normandos fue Guillermo el Conquistador, él se entero que el rey que había dominado todos los demás era muy débil y había quedado muy frágil por anteriores conflictos problemas de tropas y escasez, y vio la oportunidad para conquistarlo, ha sido la última invasión exitosa a las islas británicas en los últimos mil años.

Guillermo era rey de Inglaterra y duque de Normandía, señor vasallo del rey de Francia. Con el tiempo el rey de Inglaterra por sus alianzas matrimoniales y por las guerras a otros señores feudales empieza a tener más territorio en Francia.

El rey de Francia muere sin hijos, sin embargo el rey de Inglaterra era su yerno, y el más cercano varón era su sobrino. El rey de Inglaterra al morir el rey de Francia pretende el trono de Francia por decir ser legítimo heredero. Aquí empieza la guerra de Francia, no les pareció sor dominados por otra metrópolis, los que siguen al Rey de Inglaterra, y los que apoyan al sobrino del rey de Francia, surge Juana de Arca quien dice que debe ser el delfín que sería el rey de Francia, creó esa identidad que los franceses pudiera compartir.

Esta guerra fue muy especial pues para la edad media los ejércitos no eran profesionales, eran conformados de los siervos de los señores, era el mismo agricultor. En esta guerra tan continuada, se necesitaba un grupo constante de recursos. Inglaterra siempre tiene la tradición de mayor control de gobierno que los países latinos, se tiene el primer límite al poder del monarca: La Carta Magna (1215-1217).

Quien está gobernando Inglaterra es Juan sin Tierra el hermano de Ricardo Corazón de León fue el rey de Inglaterra para las cruzadas. Ricardo Corazón de León teniendo que ausentarse nombra a su hermano regente, nombrando a Juan sin Tierra, creyéndose rey, creando un gobierno bastante autoritario e injusto. Regresa Corazón de León sigue siendo rey, pero nunca tiene hijos, pues nunca consumó su matrimonio. Entonces al morir, Juan sin Tierra volvió a ser rey, siendo rey despótico por eso se le sublevaron los nobles, se firma entonces la Carta Magna que trata centralmente que para crear tributos se necesita convocar a los nobles primero para que le den la aprobación, este es el germen del parlamento.

El Parlamento Inglés tiene dos cámaras, la de los loores y de los comunes, en su origen era solo de los nobles, cuando ya se llega el siglo XVII con el surgimiento y fortaleza de la burguesía se cambia a que la gente mas rica sea parte del parlamento.

En el siglo XIV la guerra de los cien años, en esta guerra pasó todo lo peor que pudo haber pasado para los Ingleses, por que todo se combinó, el suceso que aconteció en el siglo XVI fue que mataron muchos soldados, producto de la peste hubo una gran depreciación económica.

La peste bubónica, por lo menos el tercio de la gente desde China hasta Europa, perecieron ante ella, en la baja edad media se restablece el comercio internacional y ya empiezan a comerciar de nuevo con Oriente. Relacionándose con más gente empieza a contagiarse a causa de la baja sanidad en las mercancías. La enfermedad se presenta como bubos, inflamación de los ganglios linfáticos, se empezaba a infectar, con el tiempo se moría en poco tiempo.

Cuando se empieza a ver que la gente se muere, los sobrevivientes se inclinan hacia el hedonismo o un acercamiento espiritual. Lo que sucedió en la edad media, para la economía fue un desastre, 8 meses después de la peste bubónica, volvió a experimentar una nueva peste, la peste neumónica.

(...)

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Cuestionario
HNB/1P/01
-II-


No se aceptaba al rey de Inglaterra como sucesor a la corona francesa por venir de línea femenina


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Anexos
HNB/1P/01
-III-

El siguiente enlace es sobre un ensayo sobre la Guerra de los Cien Años de parte de Encarta:

Guerra de los Cien Años



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Audio
HNB/1P/01
-IV-

Esta es la primera parte de la explicación del tema:


02-Creación de la Hacienda.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 30 min
Duración original: 1h 35 min
Calidad: Excelente
Tema: Creación de la Hacienda Pública
Tamaño: 3.40 MB
Feat: Lic. Gerardo Marquez

I.01.DTR0: Introducción

01 febrero, 2008


Seguimos en este quinto ciclo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esta será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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Clase + Base Legal
HNB/1P/01
-I-


Paraíso del Coqueteo
v. Hanabi

28/01/08
DTR-0 I-01

Bibliografía a utilizar:

Curso de Derecho Administrativo - Eduardo García Enterría Tomo I

Manual de Derecho Financiero – Corte Suprema de Justicia

Recopilación de leyes Tributarias

Recopilación de leyes Municipales

Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo

Padre Rico, Padre Pobre – Robert Kiyosaki

La Tierra es Plana – Thomas Friedman

Introducción al Derecho Tributario

El Derecho Tributario es una materia Administrativa especializada, tendrá que remitirse a conceptos básicos de Derecho Administrativo.

Razón por la cual existe el tributo, es la manera que el Estado obtiene recursos para poder solventar las necesidades públicas. Para entender el concepto de necesidad pública, nos debemos remitir a Teoría del Estado, a Russeau lo recordamos por crear la teoría del contrato social. Para entender el Estado cobra tributos y como los administra es necesario saber sobre la teoría del contrato social.

Ejercicio para entender la teoría del contrato social:

Para entender al Estado, teníamos que pensar en el primer hombre… *Aquí se hace el ejercicio de la selva amazónica donde la idea es comprender de una manera didáctica lo que es el contrato social, primero empezando por organizarse obteniendo obligaciones para permanecer dentro del grupo surgiendo la división del trabajo, cuando se crea conflicto dentro del grupo como miembro el individuo limita parte de su libertad a favor del grupo en general, a cambio de que el grupo se encarga de satisfacer sus necesidades mínimas, esa fue la primera sociedad humana que se llamó horda, a medida que fueron evolucionando se fijaron clanes, tribus, se formaron naciones y surgieron los primeros gobiernos nos fijamos que ese acuerdo se mantiene y se desarrolló mas*

En Egipto, y Mesopotamia ya existían los tributos, para construir las pirámides había recursos para poder construirlas, los primeros tributos eran en especie, lo que se le llevaba al faraón era sobre todo alimento. En Mesopotamia se desarrolló más el aspecto económico fundamentado en la religión pues se formaron templos que fueron la base del gobierno, en Mesopotamia empieza a surgir el dinero en Italia. En Mesopotamia surge el interés donde nacen las primeras ciudades antiguas religiosas, la gente llegaba a comerciar, se llevaban ofrendas al templo que iban hacia el sacerdote, se esperaba conseguir algo, el sacerdote hacía la ceremonia y aceptaba o no lo que se le pedía, se le dejaba una parte extra al sacerdote formándose el concepto actual de interés.


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Cuestionario
HNB/1P/01
-II-

El Tributo nace para atender necesidades públicas


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Anexos
HNB/1P/01
-III-

En el siguiente enlace podrán ver algunas reseñas históricas que se remontan a las raíces del tributo, entre las más immportantes desde el punto de vista de esta clase, es la Romana.

Historia de los Impuestos



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Audio
HNB/1P/01
-IV-

Esta es la primera parte de la explicación del tema:


01-Introducción.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 30 min
Duración original: 1h 12 min
Calidad: Excelente
Tema: Introducción
Tamaño: 3.40 MB
Feat: Lic. Gerardo Marquez

17/11/07 Causa - Efecto

18 noviembre, 2007

Las secuelas de esta bitácora en línea se han mostrado mas rápido de lo que esperaba, y con actitudes negativas a la misma. Es cierto que el mundo es del color de quien lo observa, por lo tanto, primero planteo los hechos para luego dar mi opinión, esta última no pretende ser la verdad absoluta, y se atiene a errores pues proviene de su suscrito, el cual es como todos un ser humano. La idea es que entre todos aprendamos a descifrar la mejor manera de ver las cosas, con actitud optimista y sincera, y así reconocer lo que nos hace crecer como persona y lo que nos mantiene estancados.

La imagen de arriba es de Kuchiki Byakuya, Capitán del 6° Escuadrón de la Sociedad de Almas, y representa la actitud que he tomado con respecto a las observaciones que han hecho respecto a mi persona. En general, soy una persona nociva. Para empezar, por que me es difícil establecer una relación con otra persona; exteriorizo lo que pienso sin tacto, lo digo con plena libertad y sin detenerme a meditar las consecuencias; mi actitud es notable, cualquiera la puede descifrar y tiendo a ser muy competitivo. Lo anterior lo practico sin mas limitaciones que la verdad, las interpretaciones de las personas que me rodean, en su mayoría son malas, atribuyendome malas intenciones y maldad en mi persona. La forma en que me interpretan quienes me rodean es personalísima, y no intento violar esa esfera de pensamiento e intimidad, no me agrada tratar de convencer a las personas que tengan un concepto determinado de mi persona, cada quien es libre de hacerlo como mejor les convenga. La actitud de Kuchiki Byakuya es la de seguir firmemente los pasos de la independencia y de la libertad personal, siguiendo lo que el sabe que es correcto y morir siendo fiel a si mismo, me adhiero a su postura.

Hoy fue un dia relajado, me levanté para ir a la clase de Derecho Penal 2, vimos los Delitos a la Intimidad. Oscar no entró por que llegó tarde y no había llevado la sentencia sobre Shafick Handal, pero de todas maneras ni la ocupamos por que todos la habían llevado incompleta o no era la que pedía. Así que la dejó de tarea para el próximo sábado junto al análisis jurídico de cada uno de nosotros.

Luego al venir a mi casa, no hice nada más que dormir. Me dormí a las 10 am y me desperté a las 5 pm. ¿Por qué tanto tiempo? El entreno de ayer me dejó exhausto en todo sentido, nos exprimieron en sobremanera. Así que almorcé sueños nada más.

Al darme cuenta me estaba llamando leofin, pero no le podía responder por que el celular estaba algo lejos y el sueño era pesado. Lo que pasó fue que lo sentía todo raro ayer, y por mas que le decía que se sintiera mejor, estaba indiferente, asi que me fui diciéndole que estaba enojado con el. (pero no era cierto). Ahora me dijo por que estaba así.

Resulta que Leofin vio que yo estaba en una relación con Torito's, cosa que yo se lo había dicho pero no me había entendido, pensó que yo se lo había ocultado y estaba jugando con sus sentimientos, nada que ver. Leofin es una persona muy íntegra, tiene muchas cualidades que yo aprecio en alguien, todo esto contribuyó a que sintiera algo por el. Ahora, el tiempo para ese sentimiento que fue recíproco no fue favorable, pues yo he encontrado a alguien con el cual he establecido una relación estable, al cual yo quiero muchísimo.
Luego de explicar todo lo sucedido, me sorprendió la actitud con que lo tomó Leofin, y como repito, es una persona muy seria en cuanto a las cosas, cosa que admiro de el. Me hace sentir culpable que yo lo haya hecho sentir mal en un momento, pero era por la falta de comunicación. Verá que mi intención nunca fue esa, y que dependerá de como crezcamos juntos para saber si es la persona adecuada en mi vida personal o no.

(...)

Si al fin, nadie entiende lo que hacemos ni por que lo hacemos, basta con que cada uno de nosotros lo sepamos, siendo fiel a nosotros mismos hasta la muerte, imitando a Kuchiki Byakuya.

Shift_Life

FPU-0 (1-2) Lic. Nelson González '07

14 noviembre, 2007

Finanzas Públicas 0
Lic. Nelson González




1 PARCIAL

01 - Introducción

(FPU-0) III.02.-De los Gastos Públicos: Definición, Características y Clasificación

04 noviembre, 2007

Seguimos en este cuarto siglo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esto será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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De los Gastos Públicos: Definición, Características y Clasificación (Grupo 1-4)
Lic. Nelson Gonzales
3 Parcial, clase 02

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De los Gastos Públicos: Definición, Características y Clasificación
-Clase-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
I.1.02. Clase + Base Legal

De los Gastos Públicos, Definición, Características y Clasificación

  1. Noción General

Los Gastos Públicos están concatenados con los Ingresos del Estado. El Gasto Público tiene su Presupuesto de Legitimidad, el cual es su razón de ser o su finalidad: que es la de satisfacer las necesidades públicas.

Aquí no podemos hablar de fines extra fiscales, los vamos a visualizar como los efectos que el gasto tiene en la economía del país, como una consecuencia del gasto que realiza el Estado. El Estado decide gastar en un sector que se encuentra mal, con el gasto se piensa reestructurar el dinero, que hayan empleos, mas dinero circulando, etc. Es un aspecto que el gasto tiene, puede tener un efecto positivo o negativo en la economía, pues puede por ejemplo contribuir a la inflación de igual manera, esto no se entiende como fin extra fiscal sino como consecuencia del gasto. El Fin Fiscal estamos hablando de gasto. El Presupuesto de Legitimidad su finalidad será la satisfacción de necesidades públicas. No es lo mismo que el Principio de Legalidad.

Pregunta:

El Presupuesto de Legitimidad se relaciona con:

a) Principio de Legalidad

b) Satisfacción de Necesidades

c) A y B son correctas

d) Ninguna es correcta

No es el principio de legalidad, es la satisfacción de necesidades públicas, es el presupuesto sobre cual el Estado va a gastar.

Cuando el Estado no gasta para satisfacer necesidades públicas, se puede decir que el gasto ha sido ilegítimo. Por eso se menciona un caso de los gastos de comunicación (publicidad del Estado y las Municipalidades sobre obras públicas) se mira de alguna forma como un gasto ilegítimo, pues no es para satisfacer necesidades públicas. De alguna forma se cumple la necesidad de comunicar las obras del Estado.

  1. Definición

Son gastos públicos las erogaciones dinerarias (o en bienes) que realiza el Estado en virtud de ley para cumplir sus fines consistentes en la satisfacción de las necesidades públicas.


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De los Gastos Públicos: Definición, Características y Clasificación
-Cuestionario-
-

Paraíso del Coqueteo v.1.02.
II.1.02. Cuestionario (¿?)

Haz click en el siguiente enlace para someterte a un quiz de elección múltiple sobre el tema: (Cuando les pidan su correo electrónico verán que no podrán escribir la arroba, asi que ocupen copy & paste para poder colocar su e-mail en el campo solicitado [ctrl+C y ctrl+V] o presionar Shift+2 los resultados se enviarán al correo que hayan colocado)

* Nota: Me han reportado que algunos cuestionarios están mal contestados, la razón era por que yo por puro descuido, dejaba la opción "Random Answers". Pero el problema está resuelto y las respuestas están como deben estarlo. Suerte.

Los gastos de funcionamiento se relacionan con los gastos ordinarios


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De los Gastos Públicos: Definición, Características y Clasificación
-Anexos-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
III.1.02. Anexos (Add on)

El siguiente texto bibliográfico ha sido extraído del libro de Héctor Villegas sobre Derecho Financiero, ya que el Lic. Nelson ha sacado esta clase de ahi, me pareció indispensable poner la proporción que corresponde a continuación:

Paraíso del Coqueteo v.1.02.

II.1.02. Anexos

Los Gastos Públicos

  1. Concepto

Nos toca ahora examinar un concepto básico de la actividad financiera, aun cuando –como veremos- en algún momento se discutió si este análisis correspondía que fuere incluido dentro del sector de conocimientos que estamos abordando.

Los gastos públicos (en adelante, g.p.) consisten en la transformación de los ingresos del Estado en rentas y patrimonios de quienes producen los bienes materiales y prestan los servicios personales requeridos por el Estado y obtienen subvenciones de éste.

El presupuesto del Estado considera los gastos y los recursos por su incidencia pecuniaria y tiende a lograr, en lo posible, el equilibrio entre ambos rubros. Pero en relación con los gastos, su inclusión presupuestaria tiene un peculiar alcance jurídico: representa una instrucción obligatoria relativa a los conceptos y límites de los fondos de los cuales el gobierno podrá disponer en el ejercicio que abarque el presupuesto. De tal manera, mientras con relación a los ingresos el presupuesto es instrumento de control financiero, en cuanto a los gastos es norma limitativa impuesta al Poder Ejecutivo por el Poder Legislativo.

En ocasión de estudiar la actividad financiera estatal, señalamos que ésta se caracterizaba, entre otros aspectos, por estar integrada por tres actividades parciales diferenciadas que denominamos “fases”, una de las cuales correspondía a la aplicación o inversión de los ingresos, o sea, a las erogaciones con sus destinos prefijados.

En ese momento incluimos esta fase como la última de las constitutivas de la actividad financiera, lo cual se justificó por razones didácticas. Pero, en la realidad, los g.p. condicionan a aquellas otras dos fases, y por ese motivo los estudiamos primero. Luego ingresamos en los recursos públicos, y al final, conocidos sus elementos componentes, investigamos el instrumento en el cual se calculan o planifican gastos y recursos, es decir, el presupuesto.

La denominación gastos públicos es genérica y comprende dos grandes especies de gastos, que son netamente diferenciables como veremos al clasificarlos:

a) Las erogaciones públicas, que comprenden todos aquellos gastos públicos derivados de los servicios públicos, y del pago de la deuda pública.

b) Las inversiones patrimoniales, que comprenden los gastos relacionados con la adquisición de bienes de uso o producción y con las obras y servicios públicos.

Mediante el gasto público el Estado se moviliza para atender el bienestar de la población por medio de los servicios públicos, que obviamente necesitan dinero para funcionar. Pero también el Estado puede satisfacer las necesidades públicas con prescindencia de los servicios públicos y utilizando los efectos que, “en sí mismos”, ellos provocan en la economía nacional, atento a su importancia cuantitativa y cualitativa (p. ej., un incremento importante del gasto público puede reactivar una economía, con prescindencia del destino del gasto).

La señalada trascendencia no se limita a la economía, sino que también abarca a la esfera social de la comunidad. Se debe tener en cuenta que, como consecuencia de su dimensión, el gasto público es el elemento de mayor volumen individual en la economía de cualquier nación.

Sin embargo, y cualquiera que sea la forma de satisfacción utilizada, el concepto gasto público está siempre ligado a la necesidad pública. Ésta es su presupuesto de legitimidad, puesto que es indispensable su preexistencia para que el gasto se justifique.

Lo dicho implica que la decisión sobre el gasto estatal presupone dos valoraciones previas de singular importancia: a) La selección de las necesidades de la colectividad que se consideran públicas, aspecto éste variable y ligado a la concepción sobre el papel del Estado; b) la comparación entre la intensidad y urgencia de tales necesidades y la posibilidad material de satisfacerlas.

  1. Importancia.

Como consecuencia de la señalada importancia de los gastos públicos, la mayoría de los autores contemporáneos los incluye entre los temas tratados por las Finanzas Públicas, diferenciándose de la escuela liberal clásica, que no se ocupaba de este tema o que sólo lo hacía en relación con los procedimientos de su ejecución y control.

Por influencia de las escuelas recién mencionadas, algunos autores contemporáneos de las finanzas públicas no incluyen en sus obras el estudio tópico que abordamos.

Pero la ciencia financiera, que no puede disociar medios de fines, debe investigar cuáles gastos se deben hacer y los procedimientos para realizarlos en las mejores condiciones posibles. Es imposible que las finanzas públicas modernas consideren el fenómeno de los ingresos al margen de los gastos. El costo de la actividad estatal no se puede determinar en abstracto, sin tener en cuenta lo que el Estado devuelve a los contribuyentes y a la colectividad en general bajo la forma del gasto público. Estos últimos abren el camino a los ingresos públicos porque crean su sustancia.

Excluir el gasto público de los estudios financieros significa prescindir de campos de indagación tan importantes como el antecedente y el resultado de la actividad financiera. Del antecedente, porque, aun siendo el gasto público el momento final de la actividad financiera, él se concreta y cuantifica ante la existencia de exigencias de la colectividad que se deben analizar y satisfacer; del resultado, porque es con el buen empleo del gasto público que se pueden alcanzar los objetivos hacia los cuales se dirige la actividad estatal. Por consiguiente, el gasto público no es un simple “dato de hecho” a partir de cuyo conocimiento comienza la actividad financiera, sino uno de sus momentos determinantes.

Además, los gastos públicos tienen la considerable trascendencia de ser la indicación más segura de la actividad que despliega cada Estado. El hecho de que ciertos gastos se destinen a determinados fines, con preferencia a otros, pone de manifiesto no sólo el estado social de un país sino también sus tendencias. No es lo mismo el gasto de un país en perenne peligro de guerra, como Israel, que el de otro tradicionalmente pacífico, como Suiza. Tampoco son iguales el destino del gasto de los países industrializados (cada uno de los cuales tiene sus propios problemas específicos) y el destino que deban darle los países subdesarrollados, que antes que nada deben cubrir múltiples etapas previas para equipararse a los primeros y entrar en el proceso globalizador en un cierto plano de igualdad (o, por lo menos, sin demasiada desigualdad). De lo contrario, la globalización ahondará las diferencias cada vez en mayor medida.

  1. Teoría General del Gasto Público

En consecuencia, las finanzas públicas prestan preferente atención a la denominada “teoría del gasto público”. Dicha teoría toma como dato de hecho su finalidad y estudia los efectos (deliberados o no) que producen o han producido los gastos públicos sobre la vida social y económica de la nación. El examen de los efectos del gasto en relación con los fines señalados permite determinar el procedimiento más racional para la mejor producción de bienes y servicios públicos, con la obtención forzada de un mínimum de medios de la renta total de la nación. Esto dará una idea aproximada de los límites de la erogación estatal.

Este estudio de los gastos se amplía también a la investigación sobre los factores de su dinamismo y sobre las causas que influyen en su progresivo aumento.

1) En lo que hace a los elementos constitutivos del gasto público, hemos visto que toda erogación o inversión pública supone la satisfacción de necesidades públicas que lleven al concepto constitucional de promover el bienestar general. Esto supone una elección previa de las funciones y servicios públicos que resulten esenciales e imposibles de incumplir. Este elemento es esencialmente político, porque implica un criterio selectivo del gobernante, lo cual es especialmente estudiado por la política financiera.

2) El gasto público implica el empleo, la aplicación o la utilización de una riqueza. Este elemento es de naturaleza económica y de allí que la economía financiera debe indicarnos los efectos que tal empleo de riqueza producirá en la actividad económica general así como también respecto del orden social. La técnica o administración financiera proporcionará sus recomendaciones acerca de los procedimientos mas modernos y sofisticados para la utilización de esa masa de dinero.

3) El empleo de la riqueza antes mencionado requiere de un elemento esencial en toda gestión de un Estado de derecho, cual es su juridicidad. Este último elemento es materia de estudio de la ciencia jurídica, ya sea tanto por el derecho financiero, como por el derecho constitucional y el administrativo.

  1. Características de los gastos públicos

Son gastos públicos las erogaciones dinerarias que realiza el Estado en virtud de ley para cumplir sus fines consistentes en la satisfacción de las necesidades públicas.

1) Erogaciones dinerarias: La primera característica del instituto estudiado consiste –al igual que ocurre con el gasto privado- en un empleo de riqueza, es decir, dar destino, aplicación o utilización a bienes, que en nuestros tiempos se identifican habitualmente con el dinero.

Atento a lo anterior y dado que hablamos de la utilización o aplicación de dinero (o, en términos más generales, de bienes), el concepto de gasto público excluye a las prestaciones de servicios, aún cuando éstas fueran requeridas compulsivamente por el Estado, como ocurre, por ejemplo en el del servicio militar obligatorio. Este servicio se requiere en forma forzosa en varios países, y así sucedía anteriormente en la República Argentina. No obstante, este último aspecto ha sido superado en nuestro país, ya que mediante una reforma que estimamos positiva, el servicio militar ha pasado a ser voluntario.

2) Efectuadas por el Estado: Tomamos el término en sentido amplio y comprendemos todas las sumas que por cualquier concepto salen del Tesoro Público como empleo de riquezas, ya sea por parte del Estado nacional como por parte de las provincias y municipios. Se puede tratar de gastos para la Administración pública propiamente dicha o bien para entidades descentralizadas estatales, siempre que tales erogaciones, en una u otra forma, incidan sobre las finanzas del Estado y deban ser solventadas recurriendo a sus ingresos.

3) En virtud de ley: En los Estados de derecho rige el principio de legalidad en cuanto al gasto, es decir, no hay gasto público legítimo sin ley que lo autorice. En el derecho argentino (y en el orden nacional) la base legal se manifiesta mediante normas jurídicas que regulan los procedimientos de su estimación, autorización y ejecución, así como también los controles (interno y externo) a los que está sometido.

4) Para satisfacer las necesidades públicas: Idealmente, la erogación estatal debe ser congruente con los fines de interés público asignados al Estado (la satisfacción de necesidades públicas) pero cabe preguntarse qué sucede con los fondos salidos de la tesorería estatal que no tienden a esos fines.

Sabido es que en la realidad buena parte de los gastos no responden a los fines de satisfacción de necesidades públicas. Sin embargo, no dejan de ser gastos públicos si son realizados por el Estado con los caudales públicos y sin responsabilidad personal del funcionario que los ordena.

Pero no cabe duda de que se tratará de gastos públicos ilegítimos. Por eso, la necesidad pública es el presupuesto de legitimidad del gasto público, pero no su presupuesto existencial.

  1. Comparación del gasto público con el gasto privado

a) La diferencia más obvia e importante consiste en que el sujeto del gasto público es el Estado, mientras que el particular lo es del gasto privado. Esto es fundamental, porque el Estado es perpetuo y el individuo perecedero.

De ahí que los gastos del ente público estén en relación tanto con el presente como con el porvenir, contrariamente a lo que sucede con el particular, que, al realizar sus erogaciones, tiene en cuenta la limitación de su existencia (salvo casos excepcionales).

b) Todo gasto público tiene por finalidad la satisfacción de una necesidad pública, o sea, de la población en general, tendiendo a cumplir el mandato constitucional de promover el bienestar general. No obstante, en algunas ocasiones la erogación estatal puede tener por destinatarios a determinados grupos sociales o a ciertas personas en particular. Esto se materializa, por ejemplo, mediante pensiones, ayudas, subsidios y, en general, todas aquellas salidas de dinero de la tesorería que carecen de contrapartida.

Los gastos privados, en cambio, se realizan en beneficio de la persona que los efectúa (también en este caso hay excepciones).

c) El hecho de que el Estado persiga, al menos idealmente, fines de interés general al efectuar sus gastos, lleva a que los beneficios colectivos resultantes sean en gran medida inmateriales y no valuables monetariamente (p.ej., los gastos en defensa exterior). Al contrario, los gastos privados persiguen generalmente finalidades materiales y lucrativas (p.ej., la adquisición de bienes para consumo e inversión).

d) El Estado gasta con recursos que en su mayor parte provienen de la coacción, mientras que los individuos carecen de ese instrumento como forma legal de procurarse ingresos (delitos aparte).

e) Como el Estado debe atender necesidades públicas, primero indaga sobre ellas y su costo, es decir, sobre el dinero que saldrá de sus arcas. En base a estos requerimientos, decidirá cómo lograr en la mejor forma posible los recursos.

El particular –al contrario- adecua sus gastos a los ingresos con que cuenta. Sin embargo, ambas premisas son relativas. La regla de que el Estado conoce antes sus gastos y adecua a ellos sus recursos no siempre se cumple, porque no es concebible un cálculo de los gastos que deban ser realizados sin un previo examen de las sensatas posibilidades de obtención de los medios precisos para solventarlos. Ninguna finalidad seria tendría una selección de gastos si no se tuviere presente un cálculo, por lo menos preventivo, de los ingresos posibles. En cuanto al individuo constreñido en sus gastos según sus ingresos, ello es una pauta genérica, pero en numerosos casos los individuos gastan más de lo que ganan, y de ello dan cuenta las quiebras y falencias.

f) El Estado requiere una autorización legal que es previa en la generalidad de los casos. Ello no es necesario cuando se trata de gastos privados (salvo en casos excepcionales de inversiones privadas que requieran autorización legal).

Las notorias diferencias que hemos remarcado entre los gastos públicos y los gastos privados no impiden que entre ambas clases de gastos exista una relación de integración funcional. De allí que sea destacable la importancia de tal relación y que se investigue cómo los gastos públicos se pueden complementar de la mejor manera con los gastos privados para satisfacer las necesidades generales de la población, sean éstas públicas, colectivas o privadas. Esta complementación, se debe considerar en los tres momentos económicos básicos, es decir, el de la producción, el de la distribución y el del consumo de riqueza. De esto hay numerosos ejemplos. Los costos de producción de individuos y empresas privadas serían notoriamente diferentes si el Estado no cumpliese sus funciones esenciales y cada uno de aquéllos tuviese que proceder por sí solo a defenderse y a promover su bienestar. Tampoco es similar la productividad empresarial si la infraestructura que se le ofrece en un país es inferior a la que puede obtener en otros. El mantenimiento del orden interno es requisito básico para que los particulares inviertan en sus respectivas actividades, y como el cometido estatal antes mencionado tiene su costo, nuevamente confluyen el gasto privado y el estatal.

Por tal motivo, y según sostiene José María Martín, la moderna tendencia reitera que, más que diferencias entre gastos públicos y gastos privados, debe prevalecer la idea de una adecuada complementación de ambas categorías.


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De los Gastos Públicos: Definición, Características y Clasificación
-Audio-
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
IV.1.02. Audio d[-_-]b

Esta es la primera parte de la explicación del tema:


02-De los Gastos Públicos: Definición, Características y Clasificación.Mp3



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Duración: 30 min
Duración original: 47 min
Calidad: Excelente
Tema: De los gastos públicos: Definición, Características y Clasificación
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Feat: Lic. Nelson Gonzáles