J&T BlogSpot

**NOTA !!!! : Para las personas q me han preguntado o han escuchado otras cosas que pueda que no del todo sean ciertas, debo aclarar: Asi es, fui expulsado de la UJMD. Por los videos que subí en cierta ocasión, lo cual me parece una clara falta de respeto con los catedráticos a pesar de no haber sido de mala intención, yo admiraba y aún admiro a... de hecho todos los catedráticos con los que tuve clase alguna vez; lo injusto me parece la medida tomada, puesto que igual o mas gravoso es el daño cuando se habla por ejemplo, de que un prof. se acostó con una alumna para pasar la materia, lo cual lo escuché reiteradas veces a lo largo de mi "corta" estadía en la UJMD. Exagerada la medida de no aceptarme el reingreso, pero la acepto y no me quedo con malos resentimientos con nadie. La verdad es que en lo que respecta a mi inteligencia emocional debo trabajar mucho, y por eso no había podido entablar una relación madura con la gente, en este proceso he dañado a varios de mis compañeros con mis pretenciones y orgullos... entre otras cosas, pero en realidad no era mi intención... era mi impotencia y mi miedo a ser aceptado y reconocido por mis pares, parecía una fuerza para alejarlos pero mi propòsito era lo contrario, pero al final he salido perdiendo. Gracias a esta experiencia, no he perdido nada, más he ganado una enseñanza. A todos, en serio, los llevo en mi corazón tanto compañeros como catedráticos, espero sigan persistentes en todo, de ustedes he aprendido en 3 años lo que difícilmente aprendí en toda mi vida. Mi blog lo cerré por que ya no quería lidiar con toda la información que había expuesto, nadie me pidió, mucho menos ordenó que lo cerrara, más fue las circunstancias las q me obligaron a hacerlo, por que al final me di cuenta cuanta información había de mi persona que me pone en peligro, y compromete a mi familia... y al fin y al cabo ya ahora me doy cuenta que en realidad a nadie le interesa mis vivencias triviales cotidianas.... lol? Asi q pues, un saludo a la capital del derecho !!! yo, por mi parte gracias a esto encontré mi verdadera vocación, :D Caminante no hay camino, se hace camino al andar.... Dejare abierto al publico mi blog, ya que es mi motivación y orgullo, solo que no tendrá mas updates por lo antes mencionado. A continuación de esta etapa, viene un nuevo blog por supuesto, esten pendientes para el lanzamiento del nuevo blog que haré, el anuncio oficial lo haré desde aca. Suerte a todos, y disfruten de lo que puedan hacer uso de este blog, tanto las clases como las entradas antiguas.

J&T BlogSpot

U still don't know about j&t ? click play:

(FPU-0) I.09- De los Ingresos derivados del Crédito Público

04 septiembre, 2007

Seguimos en este cuarto siglo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esto será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

J&T BlogSpot


__________________________________
_______________________________


De los Ingresos derivados del Crédito Público (Grupo 1-4)
Lic. Nelson Gonzales
1 Parcial, clase 09

-
De los Ingresos Derivados del Crédito Público
-Clase-
-

Paraíso del Coqueteo v.1.02.
I.1.02. Clase + Base Legal

Ingresos derivados del crédito público:

Empréstito. (Del lat. in, en, y praestĭtus). m. Préstamo que toma el Estado o una corporación o empresa, especialmente cuando está representado por títulos negociables o al portador

Empréstitos: Ingresos que percibe el Estado con una finalidad específica los cuales devolverá en Intereses y en Capital.

Este ingreso que el Estado devolverá en capital e intereses es el empréstito, [deuda pública]. Puede ser forzoso o voluntario.

Empréstito forzoso: Exige un empréstito a sus subordinados con una finalidad específica y con la obligación del Estado de devolverlos en capital e intereses, lo hace en virtud de su poder de imperio. Utiliza la coerción en la ley para poder obtener estos ingresos.

Empréstitos Forzosos

[Cn.] Art. 131 (No.6).- Corresponde a la Asamblea Legislativa:

6° Decretar impuestos, tasas y demás contribuciones sobre toda clase de bienes, servicios e ingresos, en relación equitativa; y en caso de invasión, guerra legalmente declarada o calamidad pública, decretar empréstitos forzosos en la misma relación, si no bastaren las rentas públicas ordinarias.

Su finalidad es extrema, excepcional. Obtiene un ingreso mediante la fuerza. Se distinguen de los tributos, en que en los empréstitos se pretende devolver en capital o intereses, en el tributo no se devuelve, en las tasas se da un servicio a cambio, no el dinero. El empréstito forzoso es un ingreso proveniente de un crédito utilizando la ley.

Empréstito voluntario: Los ingresos que el Estado obtiene de manera voluntaria y lo hará negociando las condiciones en que se van a hacer el crédito. Lo tiene que hacer sujetado a ciertas condiciones.

Empréstitos Voluntarios

[Cn.] Art. 148.- Corresponde a la Asamblea Legislativa facultar al Órgano Ejecutivo para que contrate empréstitos voluntarios, dentro o fuera de la República, cuando una grave y urgente necesidad lo demande, y para que garantice obligaciones contraídas por entidades estatales o municipales de interés público.

Los compromisos contraídos de conformidad con esta disposición deberán ser sometidos al conocimiento del Órgano Legislativo, el cual no podrá aprobarlos con menos de los dos tercios de votos de los Diputados electos.

El decreto legislativo en que se autorice la emisión o contratación de un empréstito deberá expresar claramente el fin a que se destinarán los fondos de éste y, en general, todas las condiciones esenciales de la operación.

Se crean los fideicomisos y bonos para evitar esta vía de la mayoría calificada.

En el empréstito voluntario se necesita primero que la Asamblea Legislativa autorice al Órgano Ejecutivo a que vaya a negociar las condiciones (mayoría simple), luego llegan a un acuerdo, piden aprobación a la Asamblea Legislativa para su ratificación.


-
De los Ingresos derivados del Crédito Público
-Cuestionario-
-

Paraíso del Coqueteo v.1.02.
II.1.02. Cuestionario (¿?)

Haz click en el siguiente enlace para someterte a un quiz de elección múltiple sobre el tema:


¿El empréstito es parte de la deuda pública?

Question 1 out of 10



-
De los Ingresos derivados del Crédito Público
-Audio-
-

Paraíso del Coqueteo v.1.02.
IV.1.02. Audio d[-_-]b

Esta es la primera parte de la explicación del tema:


09-De los Ingresos derivados del Crédito Público.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 30 min
Duración original: 1h
Calidad: Excelente
Tema: De los Ingresos derivados del Crédito Público
Feat: Lic. Nelson Gonzáles

0 comentarios: