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**NOTA !!!! : Para las personas q me han preguntado o han escuchado otras cosas que pueda que no del todo sean ciertas, debo aclarar: Asi es, fui expulsado de la UJMD. Por los videos que subí en cierta ocasión, lo cual me parece una clara falta de respeto con los catedráticos a pesar de no haber sido de mala intención, yo admiraba y aún admiro a... de hecho todos los catedráticos con los que tuve clase alguna vez; lo injusto me parece la medida tomada, puesto que igual o mas gravoso es el daño cuando se habla por ejemplo, de que un prof. se acostó con una alumna para pasar la materia, lo cual lo escuché reiteradas veces a lo largo de mi "corta" estadía en la UJMD. Exagerada la medida de no aceptarme el reingreso, pero la acepto y no me quedo con malos resentimientos con nadie. La verdad es que en lo que respecta a mi inteligencia emocional debo trabajar mucho, y por eso no había podido entablar una relación madura con la gente, en este proceso he dañado a varios de mis compañeros con mis pretenciones y orgullos... entre otras cosas, pero en realidad no era mi intención... era mi impotencia y mi miedo a ser aceptado y reconocido por mis pares, parecía una fuerza para alejarlos pero mi propòsito era lo contrario, pero al final he salido perdiendo. Gracias a esta experiencia, no he perdido nada, más he ganado una enseñanza. A todos, en serio, los llevo en mi corazón tanto compañeros como catedráticos, espero sigan persistentes en todo, de ustedes he aprendido en 3 años lo que difícilmente aprendí en toda mi vida. Mi blog lo cerré por que ya no quería lidiar con toda la información que había expuesto, nadie me pidió, mucho menos ordenó que lo cerrara, más fue las circunstancias las q me obligaron a hacerlo, por que al final me di cuenta cuanta información había de mi persona que me pone en peligro, y compromete a mi familia... y al fin y al cabo ya ahora me doy cuenta que en realidad a nadie le interesa mis vivencias triviales cotidianas.... lol? Asi q pues, un saludo a la capital del derecho !!! yo, por mi parte gracias a esto encontré mi verdadera vocación, :D Caminante no hay camino, se hace camino al andar.... Dejare abierto al publico mi blog, ya que es mi motivación y orgullo, solo que no tendrá mas updates por lo antes mencionado. A continuación de esta etapa, viene un nuevo blog por supuesto, esten pendientes para el lanzamiento del nuevo blog que haré, el anuncio oficial lo haré desde aca. Suerte a todos, y disfruten de lo que puedan hacer uso de este blog, tanto las clases como las entradas antiguas.

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(DCN-2) II.05.-Indicaciones del Trabajo

20 septiembre, 2007

Seguimos en este cuarto siglo dando al servicio Juris una calidad integral, cada clase además de digitada junto con la correspondiente base legal y relaciones de los artículos del tema, tendrá un cuestionario correlativo, anexos que servirán para ampliar el tema y la clase grabada en formato .Mp3, obviamente todo esto subido al blog en un 50%. Para quienes hayan faltado a alguna clase o necesiten complementar sus apuntes, esto será su ayuda mas acertada. Quienes deseen un servicio de la sección Juris completo o deseen inscribirse al boletín semanal, tendrán que escribir al correo: jurisandtales@hotmail.com para conocer las bases y lineamientos del mismo. Muchas gracias nuevamente por ser parte de J&T BlogSpot. Recuerden que esta página es completamente funcional con Firefox.

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Indicaciones del Trabajo (Grupo 1-4)
Lic. Julia Villatoro
2 Parcial, clase 05

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Indicaciones del Trabajo
-Clase-
Bonus: Indicaciones Completas
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
I.1.02. Clase + Base Legal

Derechos constitucionales creados desde la Jurisprudencia de la sala de lo constitucional.

La tributación equitativa, se deduce por el Art. 131 No. 6.

Art. 131 No.6.- Corresponde a la Asamblea Legislativa:

Decretar impuestos, tasas y demás contribuciones sobre toda clase de bienes, servicios e ingresos, en relación equitativa; y en caso de invasión, guerra legalmente declarada o calamidad pública, decretar empréstitos forzosos en la misma relación, si no bastaren las rentas públicas ordinarias.

Este derecho es sacado de una facultad de la Asamblea Legislativa, siendo de manera proporcional, por lo tanto se tiene el derecho que esa contribución sea equitativa.

El derecho a la protección jurisdiccional y no jurisdiccional: Es el derecho que tenemos todas las personas de tener acceso a la jurisdicción en sede propiamente jurisdiccional o no jurisdiccional que es la que ve administrativa. A partir del ejercicio del derecho a la protección jurisdiccional se hace uso o se garantiza eficientemente el derecho a través de las garantías que se dan, forma parte del debido proceso, derecho de audiencia.

Art. 2.- Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos.

Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Se establece la indemnización, conforme a la ley, por daños de carácter moral.

Se refiere al derecho a la jurisdicción.

Acceso no jurisdiccional, en sede administrativo: Es el conjunto de normas que regulan la relación de los ciudadanos frente al Estado o la administración pública, no es el órgano jurisdiccional. Ejemplo, en la hacienda, para la cuantificación de impuestos, se sigue un procedimiento administrativo. Todos los procedimientos en ambiente, cuando alguien ha faltado a una norma ambiental, tiene un procedimiento para sancionar, al igual que la superintendencia de competencia con los agentes económicos.

El derecho a la protección jurisdiccional se refiere de igual manera al derecho de audiencia, con el debido proceso o con el proceso constitucionalmente configurado y con las garantías constitucionales.

Indicaciones del trabajo

24/09/07 [Entrega de temas]

09/10/07 [Entrega de trabajos]

16/10/07 [Notas]

“Las reformas constitucionales a partir de los Acuerdos de Paz”

Objetivo General: Que se conozcan las diferentes instituciones que fueron creadas o reformadas a partir de la firma de los Acuerdos de Paz.

1° Opción:

Metodología: Ubicar una institución que no existiera antes de las reformas de 1992, una vez ubicada, analizar las causas que originaron la creación o implementación de esta institución. Justificar la necesidad.

2° Opción:

Metodología: Análisis de la Jurisprudencia pronunciada por la Sala de lo Constitucional en particular la referida a algún derecho individual. (2 derechos)

En ambos ubicar la disposición constitucional donde se consagre el mismo derecho o institución según sea el caso.

Forma de entrega: Tamaño carta, puede ser a computadora o a mano, se evaluará el contenido, la presentación y la ortografía.

(No hay cuestionario ni anexos por obvias razones)


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Indicaciones del Trabajo
-Audio-
Bonus: Indicaciones Completas
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Paraíso del Coqueteo v.1.02.
IV.1.02. Audio d[-_-]b

Esta es la primera parte de la explicación del tema:


05-Trabajo.Mp3



Formato: Mp3
Duración: 28 min
Duración original: 28 min
Calidad: Excelente
Tema: Indicaciones del Trabajo
Feat: Lic. Julia Villatoro y Capitana de la 4° División, Sección Financiera: Diana Verónica.

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